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Decreto Nº4519/2021

Decreto Nº 4519/2021

Quilmes, 30/12/2021

Visto

el Expediente Nº 4091-11502-D-2021 iniciado por la Secretaría de Educación de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es la contratación del servicio de refacción edilicia para la Escuela de Educación Agraria Nº 1, sita en Av. La Plata y Laprida de Quilmes; y

 

Considerando

Que por expediente referenciado en el visto, la Secretaría de Educación solicita la contratación del servicio de refacción edilicia para la E.E.A. Nº 1, sita en Av. La Plata y Laprida de Quilmes, en el marco del artículo 132 inciso e) de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58). Fundamenta  tal  petición,  en  virtud  de "(. ..) la  institución  referida,  presenta un

notorio deterioro en la construcción  e instalación  eléctrica, poniendo en  riesgo a

la comunidad educativa, en tanto afecta la cotidianeidad de alumnos que habitualmente concurren al establecimiento. (. ..)" (cfme. fs.17);

Que el artículo 132 inciso e) del Decreto-Ley Nº 6769/58 (LOM), establece que '11]a ejecución de las obras públicas corresponde al Departamento Ejecutivo. En las realizaciones mediante consorcios, convenios y demás modalidades, su intervención será obligatoria.

Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sin tal  requisito, cuando:( ... ) inciso e) Se trate de trabajos de urgencia reconocida u obedezcan a circunstancias imprevistas que demandaren una inmediata ejecución."

Que asimismo la presente contratación se realiza de conformidad con lo normado por el art. 9 inc. d) de la Ley Provincial Nº 6021, el cual dispone: "Cuando los trabajos de urgencia reconocida o circunstancias imprevistas demandaren una inmediata ejecución".

Que la excepción legal, aplicable al caso, no deja por ello de atender los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;

Que el recurso utilizado será proveniente de la Fuente de Financiamiento 132 (origen provincial);

Que en autos obran la Solicitud de Pedido Nº 3336/2021, la solicitud de gastos, la memoria técnica y descriptiva de la obra a realizar, el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y el Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales y Particulares;

Que luce agregada Acta Complementaria Nº 50 suscripta por la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires (DGCyE) y el Municipio de Quilmes, en el marco del Programa de Emergencia Educativa Edilicia (PEED);

Que   se   han   invitado   a   cotizar   a    tres    (3) proveedores, haciéndose la correspondiente comparativa de ofertas entre EXYCON S.R.L. y ALEJANDRO OSVALDO ROUTHIER, quienes  presentaron sus presupuestos;

Que respecto del precio publicado por la empresa EXYCON S.R.L.,teniendo en  consideración las   características   del   servicio   y las condiciones comerciales ofrecidas, resultaría, el valor corriente en plaza más conveniente en el mercado;

 

Que en los actuados obra el Dictamen de la Subsecretaria de' Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye en que no se encuentran objeciones jurídicas para ejecutar en la contratación directa en cuestión, entendiendo viable la aplicación del art. 132 inc.e) de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el art. 9 inc. d) de la Ley Provincial Nº 6021;

Que obra nota del Secretario del área aceptando la diferencia de precio y se agrega la correspondiente solicitud modificatoria de gastos;

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta necesario y razonable efectuar el presente acto administrativo de adjudicación directa consistente en la ejecución de la obra "Refacción Edilicia para la Escuela de Educación Agraria Nº 1", sita en Av. La Plata y Laprida de Quilmes;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107, 132 inciso e) de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58 con modificaciones vigentes), artículo 185 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y el artículo 9 inc. d) de la Ley Provincial Nº 6021; y

Por todo lo expuesto;

 

 

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO : ADJUDÍCASE al proveedor "EXYCON S.R.L." CUIT Nº

30-67795486-4, el objeto de contratación directa consistente en el servicio de refacción edilicia para la Escuela de Educación Agraria Nº 1, sita en Av. La Plata y Laprida de Quilmes, de acuerdo a la Solicitud de Pedido Nº 3336/2021, por un monto total de pesos trece millones trescientos veintisiete mil cuatrocientos sesenta y uno con 39/100 ($ 13.327.461,39) IVA incluido, de conformidad a los valores cotizados.-

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de Gastos de la Administración Central 111.00.00.000 Departamento Ejecutivo 111.01.85.000 en la Subjurisdicción "Secretaría de Educación", Categoría Programática 85.00.00, Fuente de Financiamiento 132; correspondiendo a la Partida 5.1.5.0.-

ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al registro General y ARCHÍVESE.-

 

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

 

 

Lic. Joaquín Pablo Desmery                                                 Lic. María Eva Stolzing Ugarte                                      

 Secretario de Educación                                                         Secretaria de Hacienda                        

 Municipalidad de Quilmes                                                       Municipalidad de Quilmes

  DECRETO 4519/2021