Boletines/Quilmes
Decreto Nº 4518/2021
Quilmes, 30/12/2021
Visto
el Expediente Nº 4091-10915-D-2021 iniciado por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de la Municipalidad_ de Quilmes, cuyo objeto es la pavimentación de doce (12) cuadras en Hormigón simple con cordones integrales, en distintas localidades de Quilmes y su antecedente 4091-6531-D-2021; y
Considerando
Que la presente pavimentación, tiene como fin dar un mejor
acceso a los servicios de salud, recolección y educación a los vecinos ;
Que el artículo 132 inciso e) del Decreto-Ley Nº 6769/58 (LOM), establece que '11]a ejecución de las obras públicas corresponde al Departamento Ejecutivo. En las realizaciones mediante consorcios, convenios y demás modalidades, su intervención será obligatoria.
Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando: ( ... )inciso e) Se trate de trabajos de urgencia reconocida u obedezcan a circunstancias imprevistas que demandaren una inmediata ejecución."
Que asimismo, el inciso f) del artículo mencionado precedentemente, establece "Se haya realizado una iicitación y no haya habido proponentes o no se hubieren hecho ofertas convenientes.";
Que mediante expediente 4091-6531-D-2021, se efectuó la licitación Pública N°78/2021, la cual resultó anulada mediante Decreto Nº3293/2021, por falta de oferentes;
Que la excepción legal, aplicable al caso, no deja por ello de atender los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos; ·
Que el recurso utilizado será proveniente de la Fuente de
Financiamiento 132 (origen provincial);
Que en autos obran la Solicitud de Pedido Nº 3119/2021, la solicitud de gastos, el Pliego de Bases y Condiciones Legales y el pliego de especificaciones técnicas generales para la ejecución del proyecto;
Que se han invitado a cotizar a tres (3) proveedores, habiendo presentado cotización solamente PELQUE S.A;
Que obra Acta de Apertura de fecha 03/12/2021;
Que en los actuados obra el Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye en que no se encuentran objeciones jurídicas para ejecutar en la contratación directa en cuestión, entendiendo viable la aplicación del art. 132 incisos e ) f) de la Ley Orgánica de las Municipalidades ;
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta necesario y razonable efectuar el presente acto administrativo de adjudicación directa consistente en la ejecución de la obra de pavimentación de doce (12) cuadras en Hormigón simple con cordones integrales en distintas localidades de Quilmes
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107, 132 incisos e) f) de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58 con modificaciones vigentes), artículo 185 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires; y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: ADJUDÍCASE al proveedor "PELQUE S.A." CUIT Nº
30-70776153-5, el objeto de contratación directa consistente en la pavimentación de doce (12) cuadras en Hormigón simple con cordones integrales en distintas localidades de Quilmes, con el fin de dar ,un mejor acceso a los servicios de salud, recolección y educación a los vecinos; de acuerdo a la Solicitud de Pedido Nº 3119/2021, en el marco del artículo 132 incisos e) y f) de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58 con modificaciones vigentes), por un monto total de pesos ciento diez millones setecientos trece mil treinta y tres con 32/100 ($ 110.713.033,32) IVA incluido, de conformidad a los valores cotizados.-
ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de Gastos de la Administración Central 111.00.00.000 Departamento Ejecutivo 111.01.73.00 en la Subjurisdicción "Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública- Categoría Programática 76.78.00, Fuente de Financiamiento 132; correspondiendo a la Partida 4.2.2.0.-
ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al registro General y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Arq. Cecilia Soler Lic. María Eva Stolzing Ugarte
Secretaría de Desarrollo Secretaria de Hacienda
Urbano y Obra Pública Municipalidad de Quilmes
Municipalidad de Quilmes
DECRETO 4518/2021