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Decreto Nº4244/2021

Decreto Nº 4244/2021

Quilmes, 15/12/2021

Visto

la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), el Decreto-Ley 9.650/1980 (texto ordenado aprobado por Decreto Nº 600/94, y las modificaciones introducidas con posterioridad por las Leyes Nros. 11562, 12150, 12302, 12.634, 12.750 y 12.867), la Ley Nº 12.950

(con modificaciones introducidas por la Ley Nº 13.547), la Ley Provincial Nº 14.656, el Decreto Provincial Nº 476/81, el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 138/2016 de los Trabajadores de la Municipalidad de Quilmes, el Decreto Nº 3579/16 y el EX-2021-00181052- -QUI-CGADPER#JDG; y

Considerando

Que la agente Vera Caballero, Miriam Inmaculada (Leg. 12.464), quien se desempeña en la División Régimen Catastral, dependiente del Departamento Régimen Catastral--Subdirección de Catastro--Dirección General de Catastro--Agencia de Recaudación del Municipio de Quilmes ARQUI­ Secretaría de Hacienda, reúne los requisitos necesarios para acogerse a la Jubilación por Edad Avanzada, conforme lo determinado en el artículo 35 y concordantes del citado Decreto-Ley 9.650/1980 (T.O.), el artículo 20 del Decreto Provincial Nº 476/81 reglamentario del citado Decreto-Ley 9.650/1980 (T.O.), la ley Provincial 14.656 y el Convenio Colectivo de Trabajo 138/2016 de los Trabajadores de la Municipalidad de Quilmes;

Que la agente antes mencionada cumple con los recaudos necesarios para la obtención de la Jubilación por Edad Avanzada que establece el artículo 35 del ya mencionado Decreto-Ley 9.650/1980;

Que habiéndose cumplimentado con el período de 36 meses establecido en el Decreto Nº 3579/16, correspondería proceder a la Baja con fines jubilatorios;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Por todo lo expuesto;

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO 1°: DISPÓNESE la baja a partir del 1° de enero de 2022, en el cargo de Administrativo clase 1, imputado en la Jurisdicción 01 - Subjurisdicción 29 - Actividad Central 01, a los efectos de acogerse a la Jubilación por Edad Avanzada, de la agente Vera Caballero, Miriam Inmaculada (Leg. 12.464 - CUIL Nº 27-93655129-2- Fecha de nacimiento: 3 de diciembre de 1956) - Fecha de Ingreso: del 1º de febrero de 1989 al 1º de enero de 2022 -Antigüedad Municipal: 32 años y 11 meses.-

ARTÍCULO 2°: De conformidad con lo establecido en el Artículo 1° de la Ley Nº 12.950 (con modificaciones introducidas por la Ley Nº 13.547), la mencionada agente percibirá el sesenta por ciento (60%) de su remuneración mensual, sin prestación de servicios, como anticipo jubilatorio reintegrable por la Municipalidad de Quilmes, hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional y será deducido al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes.-

ARTÍCULO 3°: DISPÓNESE el pago a favor de la agente Vera Caballero, Miriam Inmaculada (Leg. 12.464), de una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis (6) mensualidades de acuerdo con lo determinado en el Artículo 24, lnc. f), 2° párrafo Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1 de los Trabajadores de la Municipalidad de Quilmes (ccdte. Art. 72 lnc. f), párrafo 2° de la Ley Provincial 14.656).-

ARTÍCULO 4°: El presente será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.­

ARTÍCULO 5°: NOTIFÍQUESE a la parte interesada en la Dirección General de Administración de Personal.-

ARTÍCULO 6°: COMUNÍQUESE a quien corresponda, dese al Registro  General y ARCHIVESE.-

     Lic. Alejandro E. Gandulfo                                   Mayra S. Mendoza                                         

                  Jefe de Gabinete                                                  Intendenta

       Municipalidad de Quilmes                                   Municipalidad de Quilmes

DECRETO 4244/2021