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Ordenanza Nº13577/2021

Ordenanza Nº 13577/2021

Quilmes, 28/12/2021

VISTO: el Expediente N° 4091-5016-G-2021, y su agregado Expediente Nº 4091-5016-G-2021 Alcance 1º;

 

CONSIDERANDO:

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.577/2021 en la Sesión Extraordinaria realizada el día 20 de Diciembre del 2021, cuyo texto expresa:

 

VISTO

El Expediente Nº 4091-5016-G-2021 AG. Alc. 1. Ref.: Por el cual se solicita la asignación del nombre “Avenida Boulevard Omar Indio Gómez” a la Avenida Vicente López, y

 

CONSIDERANDO

                           Que de acuerdo con el Expediente citado en  el Visto se obra nota dirigida a la Intendenta Municipal y al Honorable Concejo Deliberante de Quilmes de parte de un grupo de vecinas y vecinos, e hinchas del Quilmes Atlético Club que de forma autoconvocada y de común acuerdo se dirigen al Departamento Ejecutivo y Deliberativo de la Ciudad.

                           Que el objeto de la petición radica en la solicitud del cambio de designación de la calle Vicente López entre las intersecciones de las calles Laprida y Smith por el de “Avenida Boulevard Omar Indio Gómez”.

                            Que asimismo se destaca en la nota presentada la importancia del fútbol en nuestra cultura nacional, el rol del Quilmes Atlético Club, la figura del “Indio” Gómez para el Quilmes Atlético Club, para la cultura local quilmeña, el rol como formador de juveniles en materia de docencia futbolística.

                            Que vale mencionar que el Quilmes Atlético Club como institución le ha brindado a modo de homenaje el bautismo de la cabecera principal del Estadio Centenario con su nombre, que el pasado 29 de marzo se promulgó la Ordenanza Nº 13.417/2021 mediante el Decreto Nº 884/2021 por el cual en su Artículo 1º se designa como Ciudadano Ilustre del Partido de Quilmes a Omar Hugo “Indio” Gómez, D.N.I. 11.683.610,  en reconocimiento a su trayectoria deportiva y los logros futbolísticos alcanzados como jugador del Quilmes Atlético Club, motivos que enaltecen y llenan de orgullo a los vecinos de nuestra querida Ciudad, de acuerdo a lo normado por la Ordenanza Nº 9902/04 y sus modificatorias.”

                          Que la Ordenanza citada en sus fundamentos destaca una declaración del “Indio” en 2006 donde afirmó en el periódico “Informe Kilme” que “ese 1978 fue un año inolvidable en el transcurso de mi vida, porque yo gané el campeonato Metropolitano con Quilmes, mientras Argentina salía campeón del mundo, muchos quilmeños nos quedamos pegados a la historia de ese año, y fue por lo que luchamos. Económicamente no ganamos mucho dinero, por ejemplo yo no me pude comprar un auto, pero si me gané el cariño y el que no te olviden nunca más de la gente de Quilmes”, un idilio que el hincha cervecero alimenta día a día y que “El Indio”, sabe, viene de lo más profundo del corazón.”

                          Que el cariño y reconocimiento de las vecinas y vecinos de Quilmes son motivos por los cuales las instituciones deben hacer lugar.

                           Que el mecanismo reconocido por nuestro ordenamiento para el cambio de designación de una calle es competencia del Honorable Concejo Deliberante de Quilmes de acuerdo con el Artículo 27º del Decreto Ley 6769/58, y modificatorias. 

                           Que asimismo surge a fs. 6 copia del Documento Nacional de Identidad de Gómez Guillermo Alejandro quien actúa en representación de la comunidad solicitante.

                           Que es intención de parte del Departamento Ejecutivo proceder al tratamiento del presente proyecto.

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

ORDENANZA Nº 13577/2021 

 

ARTICULO 1º: DESIGNASE con el nombre “Avenida Boulevard Omar “Indio” Gómez” a la Avenida Vicente López entre  las Avenidas  Laprida y  Óscar Smith de la localidad y Partido de Quilmes.

ARTICULO 2º: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo para que proceda al  cambio de la cartelería indicativa de la intersección mencionada en el Artículo 1º.

ARTICULO 3º: ESTABLÉCESE el plazo de ciento veinte  días desde la promulgación de la  Ordenanza para la colocación del cartel correspondiente.

ARTICULO 4º: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a realizar las  adecuaciones presupuestarias para el corriente Ejercicio para el cumplimiento de la presente.

ARTICULO 5º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro  General y ARCHIVESE.

  

 QUILMES,  20 de Diciembre de 2021.                                       

 

Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.

EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.     

            

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 y modificatorias vigentes); y

Por todo lo expuesto:



 

LA INTENDENTA MUNICIPAL

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1º: PROMÚLGASE la Ordenanza N° 13.577/2021 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Extraordinaria del día 20 de Diciembre del 2021.

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 3º: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.

Alejandro E. Gandulfo                                           Mayra S. Mendoza                                         Claudio H. Carbone

Jefe de Gabinete                                                     Intendenta                                                        Secretario Legal y Técnico

Municipalidad de Quilmes                                Municipalidad de Quilmes                            Municipalidad de Quilmes

DECRETO 4469/2021