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Decreto Nº2559

Decreto Nº 2559

Bolivar, 17/08/2021

Visto

La imperiosa necesidad de crear el Área de Salud Perinatal y Primera Infancia dentro del ámbito del Programa Municipal “Mil Días de Infancia” y;

Considerando

Que mediante el Decreto Municipal N° 1885-18 se crea el Programa Municipal “Mil días de Infancia”, el cual persigue además de la promoción de condiciones físicas, emocionales, cognitivas, sociales y culturales aptas para el adecuado crecimiento y desarrollo integral de los niños así como el surgimiento de generaciones futuras saludables con mayores posibilidades de elecciones de vida;

 

Que en este mismo lineamiento es necesario crear un área de Salud Perinatal y Primera Infancia de la Municipalidad de Bolívar con el objetivo de abordar todos los temas relacionados al embarazo, parto, puerperio y primeros tiempos del niño/a desde la perspectiva del respeto de los derechos fundamentales;

 

Que el objetivo central del área será lograr que los nacimientos del partido de Bolívar sean enmarcados en las líneas que la OMS remarca. Buscando alcanzar un descenso del porcentaje de nacimientos por cesárea, el cual no debería superar el 16%;

 

Que es indispensable que el área sea coordinada por un grupo interdisciplinario de profesionales conformado por Doulas, Puericultoras, Psicólogas, Pediatras, Neonatólogas, Ginecólogas, Enfermeras, Obstetras o Parteras, Trabajadoras sociales, Nutricionistas, Estimuladoras tempranas, Educadoras en Masajes, entre otros;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 107 de la Ley Orgánica Municipal;

 

Por ello;

El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Créase dentro del Ámbito del Programa Municipal “Mil días de Infancia” el Área Mil días de Infancia y Área de Salud Perinatal.

 

Artículo 2º: El área creada en el artículo precedente tendrá como funciones:

  • Crear el servicio de puericultoras de lactancia y crianza.
  • Crear el servicio de doulas.
  • Fomentar grupos de apoyo a la lactancia materna.
  • Acompañamiento inmediato al nacimiento.
  • Seguimiento y apoyo de los nacimientos en institución y domiciliarios.
  • Contacto inmediato y seguimiento post alta.
  • Consultoría de lactancia materna hospitalaria, en las localidades y barriales.
  • Habilitar centros de recolección de leche materna.
  • Creación del Banco de leche materna.
  • Espacios de lactarios municipales.
  • Comercios e instituciones amigables con la lactancia materna.
  • Concretar el programa nacional de hospital amigo de la madre y el niño.
  • Establecer grupos de crianza.
  • Talleres de masaje infantil.
  • Apoyo  en  alimentación  saludable  del  embarazo,  en  el  comienzo  de  la alimentación complementaria y en los primeros tiempos de vida.
  • Trabajo integral y acompañamiento en pérdidas neonatales.
  • Espacios para fomentar el desarrollo psicomotriz de los bebés y niños.
  • Trabajo corporal con embarazadas.
  • Lograr espacios exclusivos de trabajo de parto, parto y puerperios unificados.
  • Área estadística.
  • Observatorio de violencia obstétrica.
  • Área de promoción y difusión.
  • Fomentar licencias de maternidad y paternidad extendida.
  • Acompañar las vueltas al trabajo.
  • Seguimiento de embarazadas derivadas y trabajo conjunto con profesionales de apoyo.
  • Acompañamiento médico y psicológico en las patologías del embarazo y en niños pequeños.
  • Seguimiento de los controles médicos de las embarazadas, bebes pequeños y niños.
  • Estimular la apertura de la neonatología hospitalaria.
  • Necesidad   urgente   de   división   de   servicio   de   pediatría,   maternidad   y ginecología
  • Establecer programa de atención del embarazo de bajo riesgo con doulas y parteras.
  • Articulación directa con programa mil días, para el seguimiento de pacientes.
  • Entrega de donaciones de leche materna a bancos de leche humana.
  • Entrega de presentes en el nacimiento
  • Nuevo  lanzamiento  del  área  de  fertilidad  Bolívar,  apoyo  de  tratamientos, diagnósticos y bancos de medicación.
  • Acompañar equipos de ILE y seguimiento.
  • Crear el consultorio se seguimiento de prepaturos.
  • Equipo de atención y seguimiento a niñas madres.
  • Crear el servicio de psicología perinatal.
  • Fortalecer un área de docencia e investigación Perinatal.

 

 

Artículo 3º: Tomen conocimiento Secretaría de Salud, Hospital Municipal Dr. M. L. Capredoni, Centros de Atención Primaria de la Salud, Jardines Maternales Municipales, Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría, Tesorería y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra Secretaria de Salud.

 

Artículo 5º: Notifíquese, comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.