Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1867

Decreto Nº 1867

Mar Chiquita, 12/11/2021

Visto

El expediente N° 4072-524/2021, la Ley N° 24.320, modificatoria de la Ley N° 21.477, que regula una de las formas de adquisición de dominio por parte del estado Provincial y Municipal, la Prescripción Adquisitiva; y

Considerando

Que la Municipalidad de Mar Chiquita se encuentra en posesión de inmuebles sitos en el Partido de Mar Chiquita, Provincia de Buenos Aires, los mismos están designados con la siguiente nomenclatura catastral NOMENCLATURA CATASTRAL: Circ. IV – Secc. C – Mza. 34 – Parcela 24 ; Circ. IV – Secc. D – Mza. 19 – Parcela 13 y 14 de la localidad de Mar de Cobo, Partido de Mar Chiquita; 

La Municipalidad se encuentra en posesión publica, pacifica e ininterrumpida por más de 20 años, donde los conservo, realizo limpieza, mantenimiento conforme testimonios que expondrán en actas declarativas de vecinos y trabajadores de la localidad, de manera continua e ininterrumpida, cuya prueba documental se acredita en el expediente mencionado en el exordio de la presente;

Que, la Municipalidad de Mar Chiquita de acuerdo a los registros ha llevado a cabo en forma continua procesos de urbanización del lugar, con la prestación de servicios y mejoras viales;

Que es de imperiosa necesidad adquirir su respectivo Título de Propiedad, por la seguridad Jurídica que implica la titularidad del dominio, más los resguardos notariales vigentes, otorgados por autoridades Provinciales competentes en la materia;

Que el expediente de referencia a fs. 02 a 07 se acompañan las actas declarativas de la del Sr. MARTIN Damián, DNI 25.434.169, con domicilio en calle Del Buen Orden 137 de Mar de Cobo; Sra. LEZCANO Andrea, DNI 33.043.362, con domicilio en la calle Avda. Manuel Cobo 237 de Mar de Cobo; Sr. VEBLE Edgardo Matías, DNI 22.757.347, con domicilio en calle El Trinquete  320 de Mar de Cobo, en el cual manifiestan y declaran que la Municipalidad de Mar Chiquita viene realizando actos posesorios, por un lapso mayor de 20 años. Así también en fs. 16 a 21 se adjunta la publicación de edictos en el boletín oficial los efectos de cumplir con los requisitos de rigor y eventualmente se presente a ejercer oposición el titular registral, herederos, acreedores u cualquier otra persona que se considere con derechos sobre los inmuebles objetos de usucapión.

Que la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y Escribano Publico con Registro Notarial en el Partido de Mar Chiquita, se encuentra facultada para llevar a cabo los actos notariales correspondientes;

Que, el presente se dicta en los términos del artículo 108, inc.3 de la Ley Orgánica Municipal y la Ley N° 24.320, modificación de la Ley N° 21.477;

POR ELLO;

                                               EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADAS LEGALES 

                                                                                                       DECRETA

ARTICULO 1º: DECLÁRASE la Prescripción Administrativa en virtud de haberse acreditado la posesión continúa, pacífica e ininterrumpida de la Municipalidad de Mar Chiquita y según lo dispuesto por la Ley 24.320, sobre los lotes de terrenos ubicados Partido de Mar Chiquita, nomenclatura catastral Circ. IV – Secc. C – Mza 34 – Parcelas 24 que surge del plano 69-33-1949 y nomenclatura catastral Circ. IV – Secc. D – Mza 19 – Parcelas 13 y 14 que surgen del plano 69-41-1947. 

ARTICULO 2°: Designar a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a fines de realizar los actos notariales de rigor para obtener la inscripción dominial, por parte de la Dirección Provincial de la Propiedad Inmueble. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno ad honorem, Arq. Walter Mariano Wischnivetzky.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, y dese al Registro Oficial.