Boletines/Saladillo
Decreto Nº 1743/2021
Saladillo, 19/07/2021
Visto
el expediente de la referencia, por medio del cual, la Directora de las Juventudes, solicita se declare de interés municipal el proyecto “Jóvenes Destacados 2021”; y
Considerando
que proyecto tiene como objetivo impulsar y reconocer aquellas ideas innovadoras y desafíos complejos de la juventud, sosteniéndose en una energía transformadora que esta esfera social genera y posee;
QUE la propuesta, interpreta el valor desde una visión colaborativa y de corresponsabilidad social de manera conjunta con los jóvenes protagonistas, considerados como agentes de la renovación;
QUE la acción de concentra en la entrega de las distinciones destinadas a visibilizar propuestas de transformación social colectivas a individuales de distintos jóvenes de nuestra localidad;
QUE se tendrán en cuenta distintas disciplinas y valores a la hora de la selección de los diez (mínimos) reconocimientos que se renovarán cada año;
QUE la selección de los mismos, serán a consideración de los establecimientos educativos, sus cuerpos directivos, docentes y equipos interdisciplinarios;
QUE el evento de reconocimiento se realizará en el Teatro Marconi, el día 16 de septiembre de 2021, de acuerdo a la disponibilidad del mismo y el porcentaje de aforo permitido según la situación epidemiológica al momento de su realización;
QUE, se contemplarán los siguientes gastos: folletería, impresiones, insumos de librería, regalería, compra de lapiceras, merchandaising, marcos para cuadros, y/o cualquier otro gasto que pueda ocasionarse;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades
D E C R E T A
ARTICULO 1: Declarar de Interés Municipal el proyecto “Jóvenes Destacados 2021” que tiene como objetivo impulsar y reconocer aquellas ideas innovadoras y desafíos complejos de la juventud, cuya presentación se realizará el día 16 de septiembre de 2021, en el Teatro Marconi de nuestra ciudad.
ARTICULO 2: Autorizar a la Oficina de Compras a realizar los trámites correspondientes para solventar los gastos de folletería, impresiones, insumos de librería, regalería, compra de lapiceras, merchandaising, marcos para cuadros, y cualquier otro gasto que pueda ocasionar el desarrollo de la actividad mencionada en el artículo primero.
ARTICULO 3: Comunicar, a fin de que tomen razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos.
DECRETO 1743/2021