Boletines/Saladillo
Decreto Nº 1729/2021
Saladillo, 16/07/2021
Visto
lo solicitado por el Subsecretario de Desarrollo Local, Industria, Pyme y Emprendedores, Lic. Tomás Chaime, en cuanto a que se declare la incompetencia de su área, para llevar a cabo diversas tareas para poder luego implementar el Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos (GDE); y
Considerando
que la Subsecretaria de Modernización del Estado del Gobierno Nacional, capacitó de forma virtual y en dos oportunidades a varios agentes de nuestro Municipio, restando a la fecha el armado de un manual de procedimientos de todos los trámites y gestiones municipales, donde se detallen y releven todos los puestos y responsabilidades de los actores intervinientes en el proceso y asimismo diagramar una agenda de las restantes capacitaciones del sistema;
QUE, la Secretaría de Desarrollo Local y la Subsecretaria de Desarrollo Local, Industria, Pyme y Emprendedores no cuenta con personal con tales características, para desarrollar tales tareas, por lo que mediante Decreto 1716/2021 se procedió a declarar la incompetencia de la Secretaría y Subsecretaría mencionada;
QUE, se ha advertido en el séptimo considerando de dicho Decreto, un error involuntario en donde debería exponerse que debe procederse a declarar la incompetencia de la Subsecretaría de Desarrollo Local, Industria, Pyme y Emprendedores y de la Secretaria de Desarrollo Local, para llevar a cabo diversas tareas para poder luego implementar el Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos (GDE);
QUE, dicho error también fue advertido en los artículos 2 y 3 del mismo Decreto, por lo que resulta necesario proceder a rectificar dicho acto administrativo para normalizar la situación;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades
D E C R E T A
ARTICULO 1: Rectificar el Articulo 1 del Decreto 1716/2021, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Declarar la incompetencia de la Subsecretaría de Desarrollo Local, Industria, Pyme y Emprendedores y de la Secretaria de Desarrollo Local- área a la cual pertenece la primera, para llevar a cabo las siguientes tareas:
ARTÍCULO 2: Rectificar el Artículo 2 del Decreto 1716/2021, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Autorizar a la Oficina de Contaduría y a la Secretaría y Subsecretaría mencionadas en el artículo anterior, a contratar un profesional ingeniero en industria o en sistemas para ejecutar la tarea de armado de un manual de procedimientos de todos los trámites y gestiones municipales, donde se detallen y releven todos los puestos y responsabilidades de los actores intervinientes en el proceso previo a la implementación del Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos (GDE); y a un profesional con conocimientos en sistemas o informática y aptitudes pedagógicas para confeccionar una agenda de capacitaciones del Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos; que revisten tareas excepcionales.”
ARTICULO 3: Comunicar, a fin de que tomen razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos.
DECRETO 1729/2021