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Decreto Nº1729/2021

Decreto Nº 1729/2021

Saladillo, 16/07/2021

Visto

lo solicitado por el Subsecretario de Desarrollo Local, Industria, Pyme y Emprendedores, Lic. Tomás Chaime, en cuanto a que se declare la incompetencia de su área, para llevar a cabo diversas tareas para poder luego implementar el Sistema  de Gestión de Documentos Electrónicos (GDE); y

Considerando

que la Subsecretaria de Modernización del Estado del Gobierno Nacional, capacitó de forma virtual y en dos oportunidades a varios agentes de nuestro Municipio, restando a la fecha el armado de un manual de procedimientos de todos los trámites y gestiones municipales, donde se detallen y releven todos los puestos y responsabilidades de los actores intervinientes en el proceso y asimismo diagramar una agenda de las restantes capacitaciones del sistema;

 

QUE, la Secretaría de Desarrollo Local y la Subsecretaria de Desarrollo Local, Industria, Pyme y Emprendedores no cuenta con personal con tales características, para desarrollar tales tareas, por lo que mediante Decreto 1716/2021 se procedió a declarar la incompetencia de la Secretaría y Subsecretaría mencionada;

 

QUE, se ha advertido en el séptimo considerando de dicho Decreto, un error involuntario en donde debería exponerse que debe procederse a declarar la incompetencia de la Subsecretaría de Desarrollo Local, Industria, Pyme y Emprendedores y de la Secretaria de Desarrollo Local, para llevar a cabo diversas tareas para poder luego implementar el Sistema  de Gestión de Documentos Electrónicos (GDE);

 

QUE, dicho error también fue advertido en los artículos 2 y 3 del mismo Decreto, por lo que resulta necesario proceder a rectificar dicho acto administrativo para normalizar la situación;

Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades

 

D E C R E T A

ARTICULO 1: Rectificar el Articulo 1 del Decreto 1716/2021, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Declarar la incompetencia de la Subsecretaría de Desarrollo Local, Industria, Pyme y Emprendedores y de la Secretaria de Desarrollo Local- área a la cual pertenece la primera, para llevar a cabo las siguientes tareas:

  1. Armado de un manual de procedimientos de todos los trámites y gestiones municipales, donde se detallen y releven todos los puestos y responsabilidades de los actores intervinientes en el proceso previo a la implementación del Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos (GDE).
  2. Confección de una agenda de las restantes capacitaciones del sistema.”

 

ARTÍCULO 2: Rectificar el Artículo 2 del Decreto 1716/2021, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Autorizar a la Oficina de Contaduría y a la Secretaría y Subsecretaría mencionadas en el artículo anterior, a contratar un profesional ingeniero en industria o en sistemas para ejecutar la tarea de armado de un manual de procedimientos de todos los trámites y gestiones municipales, donde se detallen y releven todos los puestos y responsabilidades de los actores intervinientes en el proceso previo a la implementación del Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos (GDE); y a un profesional con conocimientos en sistemas o informática y aptitudes pedagógicas para confeccionar una agenda de capacitaciones del Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos; que revisten tareas excepcionales.”

 

ARTICULO 3: Comunicar, a fin de que tomen razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos.

 

DECRETO 1729/2021