Boletines/Saladillo

Decreto Nº1716/2021

Decreto Nº 1716/2021

Saladillo, 15/07/2021

Visto

lo solicitado por el Subsecretario de Desarrollo Local, Industria, Pyme y Emprendedores, Lic. Tomás Chaime, en cuanto a que se declare la incompetencia de su área, para llevar a cabo diversas tareas para poder luego implementar el Sistema  de Gestión de Documentos Electrónicos (GDE); y

Considerando

que el Municipio viene manteniendo una comunicación continúa con la Subsecretaria de Modernización del Estado del Gobierno Nacional;

 

QUE, en el marco de dicha comunicación la Subsecretaría Nacional capacitó de forma virtual y en dos oportunidades a varios agentes de nuestro Municipio, restando a la fecha el armado de un manual de procedimientos de todos los trámites y gestiones municipales, donde se detallen y releven todos los puestos y responsabilidades de los actores intervinientes en el proceso y asimismo diagramar una agenda de las restantes capacitaciones del sistema;

 

QUE, en paralelo a todo ello, el Municipio suscribirá un convenio con el organismo nacional involucrado a efectos de disponer y regular diversas cuestiones con relación a la implementación del sistema que conlleva la utilización de una plataforma que el organismo nos brindará;

 

QUE, de acuerdo a lo expuesto, resulta necesario contar con un profesional con conocimiento en el desarrollo de ingeniería y reingeniería de procesos, preferentemente ingeniero industrial o en sistemas; y asimismo, otro profesional con conocimientos amplios en sistemas o informática y aptitudes pedagógicas;

 

QUE, la Secretaría de Desarrollo Local y la Subsecretaria de Desarrollo Local, Industria, Pyme y Emprendedores no cuenta con personal con tales características

 

QUE doctrinariamente el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha considerado factible la contratación de profesionales por parte del Departamento Ejecutivo, siempre que no se cuente con personal especializado o el existente se declare incompetente;

 

QUE conforme ello, debe procederse a declarar la incompetencia de la Secretaria de Desarrollo Local, para llevar a cabo tareas de coordinación e implementación de los diferentes programas municipales vigentes con el fin de mejorar el esquema turístico de la localidad de Cazón;

 

QUE, por último y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, atento el carácter de gasto especial que constituyen dichas contrataciones y dada la premura que merece la disposición del recurso humano mencionado, resulta necesario dictar el presente decreto ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante;

Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades

 

D E C R E T A

ARTICULO 1: Declarar la incompetencia de la Secretaria de Desarrollo Local para llevar a cabo tareas de coordinación e implementación de los diferentes programas municipales vigentes con el fin de mejorar el esquema turístico de la localidad de Cazón.

 

ARTÍCULO 2: Autorizar a la Oficina de Contaduría y a la Secretaría mencionada en el artículo anterior, a contratar un profesional Técnico Agropecuario y Profesor, para desarrollar, de manera excepcional, las tareas mencionadas en el artículo anterior.

 

ARTÍCULO 3: El presente decreto se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante con relación al carácter especial que reviste el gasto por dicha contratación. 

 

ARTICULO 4: Comunicar, a fin de que tomen razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos.

 

DECRETO 1716/2021