Boletines/Saladillo
Decreto Nº 1337/2021
Saladillo, 31/05/2021
Visto
VISTO el expediente N° 2759/I/2021, mediante el cual, el Intendente Municipal, Ing. José Luis Salomón, solicitó cómputo, presupuesto, memoria descriptiva, memoria técnica y planos de proyecto para llevar a cabo la obra “Construcción del Colector Cloacal Sur 1era Etapa y redes secundarias” en la ciudad de Saladillo;
Considerando
QUE el Secretario de Obras y Servicios Públicos adjunta la documentación solicitada e informa que el presupuesto oficial para llevar a cabo tal obra es de $ 66.407.729,04;
QUE con fecha 26 de mayo de 2021 se suscribió con el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) un Convenio Específico para la Ejecución de la Obra “Colector Sur Primera Etapa y Redes Secundarias”, en el marco del Plan “Argentina Hace”;
QUE este Convenio tiene por objeto brindar asistencia financiera por parte del ENOHSA a la Municipalidad para la ejecución de la obra descripta;
QUE a través de su Anexo I se establecieron cláusulas para garantizar la transparencia gubernamental, especificando en la cláusula primera que la Municipalidad debe adoptar los procedimientos de selección abiertos que garanticen la vigencia efectiva de las reglas de transparencia, igualdad y mayor concurrencia;
QUE asimismo, la cláusula tercera establece que la Municipalidad debe garantizar la obtención gratuita de los pliegos, prohibiéndose toda forma de venta; por lo que en el presente proceso licitatorio debe disponerse la eximición a todos los oferentes del pago del arancel establecido por la ordenanza impositiva vigente;
QUE en el marco de las consideraciones expresadas, mediante expediente N° 2920/J/2021, desde la Oficina de Compras se solicita se dicte el correspondiente Decreto de autorización para dar inicio a la Licitación Pública N° 5/2021;
QUE atento lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar los convenios; como así también disponer la eximición del pago del arancel fijado por la ordenanza impositiva para la compra de pliegos;
QUE, dada la premura que merece la cuestión, siendo necesario llevar a cabo un procedimiento licitatorio público para poder dar inicio a la obra, resulta necesario autorizar el llamado a licitación pública correspondiente, eximiendo a los oferentes del pago de los pliegos; todo ello ad referéndum de la aprobación del referido Acuerdo por parte del Honorable Concejo Deliberante;
Por todo ello el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO en uso de sus facultades
D E C R E T A
ARTICULO 1: Llamar a Licitación Pública Nº 5/2021 para la contratación, mano de obra, materiales y equipos para llevar a cabo la “Construcción del Colector Cloacal Sur 1era Etapa y redes secundarias” en la ciudad de Saladillo.
ARTICULO 2: Disponer la gratuidad de los pliegos en el proceso licitatorio mencionado en el artículo primero y en todos aquellos procedimientos de contratación que fueran necesarios efectuar para cumplir con el Convenio Específico suscripto con el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA), eximiendo a todos los oferentes del pago del arancel establecido por la ordenanza impositiva vigente para la adquisición de los mismos.
ARTICULO 3: Establecer que los pliegos gratuitos serán entregados en Av. Belgrano y Sarmiento de la ciudad de Saladillo y/o podrán acceder a través de la página web www.saladillo.gob.ar, a partir del día 20 de junio de 2021.
ARTICULO 4: Fijar como fecha de apertura de sobres el día 30 de junio de 2021, a las 12:00 horas, en la Municipalidad de Saladillo.
ARTICULO 5: Establecer que la presentación de las ofertas se podrá realizar hasta dos horas antes de la hora indicada para la apertura de sobres.
ARTICULO 6: Fijar como fecha de visita de obra el día 21 de junio de 2021 de 9 a 12 horas.
ARTICULO 7: El presente decreto se dicta ad referéndum de la aprobación, por parte del Honorable Concejo Deliberante, del Convenio Específico suscripto con el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA), referido a la ejecución de la obra “Colector Sur Primera Etapa y Redes Secundarias”, en el marco del Plan “Argentina Hace”, como así también de la gratuidad en la obtención de los pliegos que se dispuso en dicho Convenio.
ARTICULO 8: Comunicar, a fin de que tomen razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos.
DECRETO 1337/2021