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Decreto Nº1266/2021

Decreto Nº 1266/2021

Saladillo, 20/05/2021

Visto

VISTA la solicitud del Director de Personal Municipal a fin de declarar la incompetencia del área para integrar la Junta Médica Municipal;

Considerando

CONSIDERANDO que el Convenio Colectivo de Trabajo suscripto con el Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo y Unión Personal Civil de la Nación fue homologado por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires y aprobado por el Honorable Concejo Deliberante mediante Ordenanza 19/2018, promulgada bajo el N° 3278, Decreto 1180/2018;

 

QUE el mismo dispone en el artículo 101 inc a la creación de una Junta Médica Municipal que se constituirá y funcionará de acuerdo a lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo;

 

QUE por Decreto 1197/18 se dispuso la creación de la Junta Médica que se conformara por el médico laboral de la municipalidad y dos especialistas de acuerdo a la dolencia, enfermedad y/o especialidad de que se trate.

 

QUE la Dirección de Personal en atención a la especificidad de la tarea requerida no cuenta con profesionales para conformar la junta;

 

QUE doctrinariamente el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha considerado factible la contratación de profesionales por parte del Departamento Ejecutivo, siempre que no se cuente con personal especializado o el existente se declare incompetente;

 

QUE conforme ello, debe procederse a declarar la incompetencia de la Dirección de Personal y de la Secretaría de Gobierno –área a la que pertenece la primera-, para conformar la Junta Médica municipal autorizándose la contratación de profesionales para conformar la Junta Médica establecida en el Convenio Colectivo de Trabajo 1/17.

 

QUE, por último y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y dada la premura que merece la disposición del recurso humano mencionado, resulta necesario dictar el presente decreto ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante;

Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades

 

 

D E C R E T A

 

ARTICULO 1: Declarar la incompetencia de la Dirección de Personal y de la Secretaría de Gobierno -área a la cual pertenece la primera- por carecer de personal para integrar la Junta Médica que establece el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1/17.

 

ARTÍCULO 2: Autorizar a la Oficina de Contaduría y a la Secretaría mencionada a contratar los profesionales necesarios para integrar la junta detallada en el párrafo anterior.

 

ARTÍCULO 3: El presente decreto se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante en relación al carácter especial que revisten los gastos derivados de la contratación mencionada en los artículos precedentes.

 

ARTÍCULO 4: Comunicar, tomen razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos.

 

DECRETO 1266/2021