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Decreto Nº1148/2021

Decreto Nº 1148/2021

Saladillo, 05/05/2021

Visto

VISTO el expediente N° 1667-I-2021 por medio del cual el Intendente Municipal, Ing. José Luis Salomón, solicita datos técnicos y presupuesto para la adquisición de luminarias LED y materiales eléctricos para mantenimiento de alumbrado público, y para barrio municipal Saladillo Norte; y

Considerando

CONSIDERANDO que el Subsecretario de Servicios Públicos, adjunta la documentación solicitada, e informa que el presupuesto oficial es de $ 2.434.985,00;

 

QUE mediante expediente N° 2157-J-2021 el Jefe de Compras solicita se dicte el correspondiente decreto de autorización para dar inicio a la Licitación Privada N° 5/2021, atento que la operación solicitada supera el importe establecido para efectuar dicha adquisición por Concurso de Precios;

 

QUE con fecha 14 de abril de 2021, y por medio del Decreto 945/2021 se llama a Licitación Privada N° 5/2021 para la adquisición de luminarias LED y materiales eléctricos para mantenimiento de alumbrado público, y para barrio municipal Saladillo Norte;

 

QUE obra anejado pliego de bases y condiciones;

 

QUE conforme al artículo segundo del mencionado Decreto, con fecha 27 de abril de 2021 se procedió al acto de apertura de sobres, donde se deja constancia que fueron invitadas a participar las siguientes firmas a saber: Cotignola Daniel Alberto, Distribuidora Rocca S.A., Enluz S.A., Fanessi Gabriel Darío, Martínez Guillermo Daniel, y Strand S.A.;

 

QUE de la apertura de sobres surge lo siguiente:

  • La firma Fanessi Gabriel Darío, cotiza la suma de $ 1.437.995,32 y presenta dos ofertas alternativas:

Oferta alternativa N° 1: $ 2.164.590,40;

Oferta alternativa N° 2: $ 1.909.867,40;

  • La firma Distribuidora Rocca S.A., cotiza la suma de $ 2.225.910,00 y presenta cuatro ofertas alternativas:

Oferta alternativa N° 1: $ 1.212.400,00;

Oferta alternativa N° 2: $ 1.428.000,00;

Oferta alternativa N° 3: $ 1.442.000,00;

Oferta alternativa N° 4: $ 1.540.000,00;

  • La firma Enluz S.A. cotiza la suma de $ 2.235.518,79;
  • La firma Strand S.A., no presenta cotización;
  • La firma Cotignola Daniel Alberto, no presenta cotización;
  • La firma Martínez Guillermo Daniel, no presenta cotización;

 

QUE no hubo objeciones al respecto;

 

QUE con fecha 30 de abril de 2021 el Subsecretario de Servicios Públicos informa que las tres firmas que presentaron ofertas a la Licitación Privada, lo hicieron respetando las condiciones legales del pliego y cotizando todos los ítems; y

 

QUE, aclara asimismo, que las ofertas alternativas presentadas por la firmas Distribuidora Roca S.A. y Fanessi Gabriel Darío, refieren a los ítems 1 y 2 –ver cantidades detalladas- pese a haber numerado solo ítem 1 y ello es posible atento que constituyen el mismo material solo que la planilla de cotización se dividió en dos ítems atento que las cantidades de unidades del material identificado en cada ítem serán colocadas en lugares diferentes y ello repercute en partidas distintas;

 

QUE, considera que podría adjudicarse de la siguiente manera: los ítems 1 (oferta alternativa “Cíclica REF085”), 2 (oferta alternativa “Cíclica REF085”), 3, 4, 5, 6, y 7 a la firma Distribuidora Rocca S.A., y el ítem 8 a la firma Enluz S.A.;

 

QUE, con fecha 4 de mayo de 2021 se expide el Director de Asuntos Legales, Dr. Marcelo Dellatorrre, aludiendo que la Municipalidad no está obligada a aceptar ninguna propuesta, conforme a lo previsto en el artículo 154 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

QUE las tres firmas que cotizaron cumplen con todos los requisitos del pliego;

 

QUE no sólo debe contemplarse el precio, sino la calidad de los productos;

 

QUE la razonabilidad, la legalidad y el principio de transparencia que rigen la actividad del Estado, no sólo implican observar el precio cotizado sino además realizar toda la oferta en su conjunto y determinar luego, si cumple o no con las normas que la regulan; y

 

QUE atento ello, estima que pueden considerarse las ofertas de acuerdo a los productos que han cotizado en las planillas de pedido de cotización, debiendo adjudicarse a las ofertas que resulten más convenientes para los intereses municipales, de acuerdo al mejor precio y calidad de los productos a saber: los ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6, y 7 a la firma Distribuidora Rocca S.A., y el ítem 8 a la firma Enluz S.A.;

 

QUE, con fecha 5 de mayo de 2021, el Jefe de Compras, Diego Lucca, manifiesta que, habiendo evaluado la apertura de sobres, y teniendo en cuenta el informe del Subsecretario de Servicios Públicos, y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales, se desprende que la oferta efectuada por la firma Distribuidora Rocca S.A., en los ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6, y 7, y por la firma Enluz S.A., en el ítem 8, son las más convenientes a los intereses municipales, por lo que aconseja adjudicarle la Licitación Privada N° 5/2021;

Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE SALADILLO, en uso de sus facultades

 

D E C R E T A

ARTICULO 1: Adjudicar la Licitación Privada N° 5/2021 para la adquisición de luminarias LED y materiales eléctricos para mantenimiento de alumbrado público, y para barrio municipal Saladillo Norte, de la siguiente manera: los ítems 1 (oferta alternativa “Cíclica REF085”), 2 (oferta alternativa “Cíclica REF085”), 3, 4, 5, 6, y 7 a la firma Distribuidora Rocca S.A., por la suma de pesos un millón quinientos once mil ciento diez ($ 1.511.110,00) y el ítem 8 a la firma Enluz S.A., por la suma de pesos ciento cuarenta y dos mil quinientos diecinueve con veintiocho centavos ($ 142.519,28), por resultar convenientes a los intereses municipales.

 

ARTICULO 2: Notificar a las firma adjudicatarias lo dispuesto en el presente Decreto, y suscribir el contrato pertinente, previo acompañamiento de la garantía, en el caso de corresponder.

 

ARTICULO 3: Comunicar, tomen razón las correspondientes oficinas y cumplido dar al Registro Oficial de Decretos.

 

DECRETO 1148/2021