Boletines/Saladillo
Decreto Nº 1044/2021
Saladillo, 23/04/2021
Visto
VISTO la legislación nacional que instituye y regula el Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad pública nacional;
Considerando
CONSIDERANDO que asimismo la Ley 14.656 regulatoria del empleo público municipal en la Provincia de Buenos Aires, establece entre los derechos del trabajador municipal subsidios y asignaciones familiares conforme a la ley nacional;
QUE a raíz de negociaciones llevadas a cabo con el Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo y con Unión Personal Civil de la Nación, el Departamento Ejecutivo Municipal resolvió hacer efectivo a partir del 1 de abril de 2021, otro incremento salarial aplicable a todas las categorías de trabajadores municipales, para lo cual elevó al Honorable Concejo Deliberante el respectivo Proyecto de Ordenanza el cual fue tratado y aprobado;
QUE a consecuencia del aumento referido, conforme a la actual escala y montos de las asignaciones familiares, muchos de los trabajadores dejarían de percibirlas;
QUE razones de justicia social hacen necesario implementar políticas que impulsen medidas orientadas a proteger los intereses de los trabajadores de este municipio;
QUE resulta entones necesario, efectuar una modificación en las escalas y/o tramos de sueldos, y en idéntico porcentaje que el aumento que el trabajador perciba, a fin de evitar la pérdida de las prestaciones en relación a los salarios;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus Facultades;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1: Fijar a partir del 1º de abril de 2021 las escalas de Asignaciones Familiares que a continuación se detallan:
Asignación por Hijo
Remuneración entre |
$ 0,00 |
y |
$ 19.200,84 |
$ 1.885,00 |
|
Remuneración entre |
$ 19.200,85 |
y |
$ 21.913,19 |
|
$ 1.250,00 |
Remuneración entre |
$ 21.913,20 |
y |
$ 25.529,65 |
|
$ 885,00 |
Remuneración entre |
$ 25.529,66 |
y |
$ 43.611,97 |
|
$ 500,00 |
Más de |
$ 43.611,98 |
y |
$ - |
|
$ - |
Asignación por Hijo con Discapacidad
Remuneración entre |
$ 0,01 |
y |
$ 34.505,44 |
|
$ 4.095,00 |
Remuneración entre |
$ 34.505,44 |
y |
$ 38.008,98 |
|
$ 2.895,00 |
Remuneración entre |
$ 38.008,98 |
y |
$ - |
|
$ 1.826,00 |
ARTÍCULO 2: El presente decreto se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 3: Comunicar a fin de que tomen razón las correspondientes oficinas y, cumplido dar al Registro Oficial de Decretos.
DECRETO 1044/2020