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Decreto Nº949/2021

Decreto Nº 949/2021

Saladillo, 14/04/2021

Visto

VISTO el expediente de la referencia, mediante el cual, el Subsecretario de Cultura, Educación, Derechos Humanos y Juventudes, solicita se declare de interés municipal el Programa “Susana Esther Soba, Fondo Municipal para la Producción Literaria”, que se llevará a cabo durante los meses de abril a julio, inclusive, del año 2021, en el Partido de Saladillo; y

Considerando

CONSIDERANDO que a través de la Dirección de Cultura, y Derechos Humanos, perteneciente a la Subsecretaría de Cultura, Educación, Derechos Humanos y Juventudes, se abrirá el llamado a las Becas de Susana Esther Soba, Fondo Municipal para la Producción Literaria, convocando a escritores argentinos y/o extranjeros que residan legalmente en el partido, con el objeto de promover, reconocer y valorar la producción literaria de artistas locales;

 

QUE el monto de la beca será de $ 160.000,00 distribuidas en dos becas de $ 80.000,00 cada una, y estarán destinadas a obras literarias inéditas en su etapa de edición e impresión o diseño online de aquellas obras en todos sus géneros literarios;

 

QUE la inscripción estará abierta desde el día 19 de abril al día 27 de mayo de 2021, a través de la plataforma on-line www.saladillo.gob.ar y la postulación solo podrá realizarse desde el usuario del autor de la obra o de su representante, en el caso de tratarse de  autoría compartida;

 

QUE la selección de los becarios estará a cargo de un jurado de relevante trayectoria, designado por el Municipio, compuesto por tres jurados titulares, que podrán contar con el apoyo (en caso de infortunio en la etapa evaluatoria) de tres jurados suplentes;

 

QUE, es política de este Departamento Ejecutivo apoyar este tipo de programas;

Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE SALADILLO, en uso de sus facultades

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1: Declarar de Interés Municipal el Programa “Susana Esther Soba, Fondo Municipal para la Producción Literaria”, que se llevará a cabo durante los meses de abril a julio, inclusive, del año 2021, en el Partido de Saladillo, y que tiene como finalidad convocar a escritores argentinos y/o extranjeros que residan legalmente en el partido, con el objeto de promover, reconocer y valorar la producción literaria de artistas locales.

 

ARTÍCULO 2: Establecer el monto de la beca en la suma de pesos ciento sesenta mil ($ 160.000,00.-) distribuidas en dos becas de pesos ochenta mil ($ 80.000,00.-) cada una, que estarán destinadas a obras literarias inéditas en su etapa de edición e impresión o diseño online de aquellas obras en todos sus géneros literarios.

 

ARTICULO 3: Disponer, desde el día 19 de abril al día 27 de mayo de 2021 y a través de la carga de un formulario en la plataforma on-line www.saladillo.gob.ar, el periodo de inscripción para participar del Programa “Susana Esther Soba, Fondo Municipal para la Producción Literaria”.

 

ARTICULO 4: Establecer que la selección de los becarios será efectuada por un jurado interdisciplinario, designado por el Departamento Ejecutivo a través de la Subsecretaria de Cultura, Educación, Derechos Humanos y Juventudes, cuya integración deberá contar con tres jurados titulares, que podrán suplantarse (en caso de infortunio en la etapa evaluatoria) de tres jurados suplentes.

 

ARTICULO 5: Aprobar el reglamento que como Anexo I forma parte del presente,  el que establece los lineamientos generales y particulares a tener en cuenta para la ejecución del Programa “Susana Esther Soba, Fondo Municipal para la Producción Literaria”.

 

ARTICULO 6: Autorizar a las Oficinas de Compras, Contaduría y Tesorería, a contratar las personas que serán designadas como jurados, liquidar y efectivizar gastos de  impresiones y/o cualquier otro gasto que pudiera ocasionar la ejecución de las actividades enunciadas en el artículo primero.

 

ARTICULO 7: Comunicar, tomar razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos.

 

DECRETO 949/2021