Boletines/Mercedes
Decreto Nº 2137/2021
Mercedes, 16/12/2021
Visto
Lo actuado en el Expediente administrativo N°3885/2021, mediante el cual se llamó a Licitación Pública N°38/2021 (Decreto N°1392/2021) para la contratación de “CONSTRUCCION DE CDI BARRIO RAVELLO- MERCEDES”, y;
Considerando
Que el Honorable Concejo Deliberante autoriza al Departamento Ejecutivo, mediante Ordenanza 8691/2021, a efectuar la adjudicación con un único oferente.
Que siendo la única oferta válida presentada, en virtud del estudio de antecedentes y evaluados los dictámenes técnico, legal y contable; resulta conveniente adjudicarla al proveedor DELTA CONSTRUCTORA S.A., quien ha efectuado una cotización razonable de acuerdo a los valores vigentes en el mercado (art. 185° y subsiguientes del Reglamento de Contabilidad).
Que la misma contará con financiamiento del Estado Nacional, por el monto establecido según convenio suscripto con la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, dependiente del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, en el marco del “Programa de Infraestructura de Centros de Desarrollo Infantil”, del cual obra copia en folios 177-191.
Que razones administrativas, económicas y de oportunidad aconsejan dictar con celeridad el acto administrativo de adjudicación, que permita su concreción.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Adjudícase la ejecución de la obra pública “CONSTRUCCION DE CDI BARRIO RAVELLO- MERCEDES”, a la firma DELTA CONSTRUCTORA S.A., la que ha presentado la oferta que asciende a la suma de de Pesos TREINTA Y SIETE MILLONES TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS ($37.036.358,83), por las razones expuestas en el considerando.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase al área competente a realizar la imputación al recurso afectado 17.2.01.76- Construcción CDI Barrio Ravello, para que a medida que vayan ingresando las remesas de transferencia de fondos a nuestra Tesorería, acorde lo estipulado en el convenio firmado, practique los pagos a la firma, generando previamente el pedido de suministro pertinente desde fuente de financiamiento 133 (de origen nacional).
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, y cumplido, archívese.