Boletines/Lobería
Decreto Nº 1888-21
Lobería, 30/12/2021
REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.470/20, el Decreto Nº 74/21; y
Considerando
QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizará trabajos de albañilería en la Escuela Técnica N° 1 de esta Ciudad, a partir del 23 de diciembre de 2021;
QUE, atento a no haberse presentado lo requerido en tiempo y forma corresponde registrar los trabajos realizados;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista que se detalla, designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizaron trabajos de albañilería en la Escuela Técnica N° 1 de esta Ciudad, a partir del 23 de diciembre de 2021;
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO
- MALDONADO, NÉSTOR ORLANDO 26.576.930
- MALDONADO, MARTÍN HOMERO 28.836.406
- AZCONA, JUAN MANUEL 25.136.349
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas realizadas se detallan a continuación:
TAREAS
Trabajo para cubierta de techo en torre de tanque de agua con estructura de caño soldada y recubrimiento en chapa acanalada atornillada con colocación.
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL ($ 152.000.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CIENTO TREINTA MIL SETECIENTOS VEINTE ($130.720.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 18.240. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110101000 Unidad Intendente – 19 Asistencia a Instituciones – 04 Fondo Educativo - 5.1.5.0. Transferencias a instituciones de enseñanza – F.F 132 De Origen Provincial” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 1.888-21