Boletines/Daireaux
Ordenanza Nº 2444/2021
Daireaux, 12/10/2021
El Arco de entrada a la Colonia “El Pincen” en Ex Estación ferroviaria Mouras ubicado en la localidad de Salazar, Partido de Daireaux, Provincia de Buenos Aires, Argentina; y
CONSIDERANDO:
Que el patrimonio cultural construye todas las expresiones culturales de una sociedad, tanto las pasadas como las vigentes, que son transmitidas de generación en generación.
Que los monumentos históricos son de suma importancia porque estos tienen un valor cultural en una sociedad determinada; los monumentos sirven para recordar o conmemorar diferentes situaciones o hechos históricos que ayudan a entender la historia de una comunidad y su progresivo desarrollo.
Que el Arco de entrada a la Colonia “El Pincen” fue erigido marcando un hito como consecuencia de un hecho histórico ocurrido el 15 de junio del año 1949cuando una comisión de vecinos, mediante arduas gestiones, logra suspender un remate de tierras pertenecientes a un terrateniente francés domiciliado en París y de acuerdo a las Leyes Argentinas de aquel momento.
Que la expropiación del latifundio se convirtió en una Colonia con 70 chacras con una superficie que varía desde 120 Has.a casi 300 Has; y 1.300 Has. divididas en quintas sobre Estación Mouras y Girodías; un total que supera el centenar de familias beneficiadas.
Por ello;
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1: Declárese al Arco construido en la Colonia “El Pincen” Monumento Cultural del Distrito de Daireaux y Patrimonio Cultural de los habitantes de la localidad de Salazar.-
ARTÍCULO 2°: Solicítese mediante carta al Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales la puesta en valor del Arco construido en la Colonia “El Pincen” para ser declarado Monumento Cultural del Distrito de Daireaux y Patrimonio Cultural de los habitantes de la localidad de Salazar. Especificar lo expuesto en el Visto del presente proyecto, adjuntando una carta del propietario del bien inmueble y área propuesta para la declaratoria.-
ARTICULO 3º: CUMPLASE, COMUNIQUESE, REGISTRESE Y ARCHIVESE.----