Boletines/Arrecifes
Decreto Nº 747/21
Arrecifes, 12/11/2021
Visto
El Expediente Administrativo Nº 172.378, y;
Considerando
Que, en el Expediente Administrativo Nro. 172.378/21 el Director de Servicios Generales, Néstor Luis QUIROGA, informa los hechos acaecidos entre los Agentes Municipales Oscar Jesús VALDEZ y Carlos Dante GIULIANI, quienes protagonizaron una pelea muy subida de tono, con agravios verbales y algunos puñetazos.
Que, citado el agente Oscar Jesús VALDEZ, a los fines de asegurar las garantías del debido proceso a efectuar descargo, comparece y decide prestar declaración manifestando que el día viernes 29 de octubre por la mañana estando trabajando en la camioneta municipal, tenían que llevar un carro con carteles al circuito y un grupo electrógeno grande y discutieron con el agente GIUIANI sobre cual llevar primero y la discusión subió de tono y terminaron tirando unas cachetadas cada uno y después él se fue al corralón y el siguió por su lado.-
Que, citado el agente Carlos Dante GIULIANI, a los fines de asegurar las garantías del debido proceso a efectuar descargo, comparece y decide prestar declaración manifestando que estaban en el Circuito el viernes 29 de octubre él, VALDEZ y un chico Damián y alguien más que no se acuerda. Había un grupo electrógeno que tenían que llevar de tiro en la camioneta para devolverlo y otro carro en que tenían carteles, y se pusieron a discutir sobre cual llevar primero, la discusión se puso un poco fuerte y se pegaron unas cachetadas y nada más, después Valdez se fue al corralón y él siguió con lo suyo.-
Que, el comportamiento de los Agentes Municipales Oscar Jesús VALDEZ y Carlos Dante GIULIANI, constituye un acto de falta de respeto y negligencia en el desempeño de sus funciones, afectando el servicio y las tareas encomendadas.-
Que, la Falta de respeto a los superiores, iguales o al público, debidamente acreditado (art. 106, inc. 2 de la ley 14.656) y la Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones, debidamente acreditado (art. 106, inc. 3 de la ley 14.656) son faltas administrativas y resultan causas suficientes para aplicar sanción de suspensión (art. 105 de la ley 14.656), considerándose que atento a las circunstancias del caso y habiendo reconocido los hechos denunciados, resulta adecuada la aplicación a los agentes Oscar Jesús VALDEZ y Carlos Dante GIULIANI, de sanción disciplinaria de suspensión por el término de un (1) día.
Que, a los fines de hacer efectiva la decisión, debe dictarse el acto administrativo pertinente, en ejercicio de las competencias y atribuciones prescriptas por el art. 107 del Decreto 6769/58.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Aplíquese al agente Oscar Jesús VALDEZ, D.N.I. 24.206.899, Legajo Nº 6089, sanción de SUSPENSIÓN por el término de un (1) día, por hallarle incurso en falta administrativa por falta de respeto a los superiores, iguales o al público, debidamente acreditado (art. 106, inc. 2 de la ley 14.656) y por negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones, debidamente acreditado (conf. art. 106, inc. 3 de la ley 14.656).
ARTÍCULO 2º: Aplíquese al agente Carlos Dante GIULIANI, D.N.I. 23.890.367, Legajo N° 6092, sanción de SUSPENSIÓN por el término de un (1) día, por hallarle incurso en falta administrativa por falta de respeto a los superiores, iguales o al público, debidamente acreditado (art. 106, inc. 2 de la ley 14.656) y por negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones, debidamente acreditado (conf. art. 106, inc. 3 de la ley 14.656).
ARTÍCULO 3º: Notifíquese a los interesados personalmente o por cédula.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
FIRMADO:
SR. JAVIER IGNACIO OLAETA - INTENDENTE MUNICIPAL
DR. SERGIO HUGO ALDAZABAL – SECRETARIO DE GOBIERNO