Boletines/Vicente López

Decreto Nº5568/21

Decreto Nº 5568/21

Vicente López, 29/12/2021

Referencia: EXPTE - 4119-004419/2021

Visto

Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Pública Nº 87 dispuesto por Decreto Nº 4692/21 por la “PROVISION DE MATERIAL PARA DEMARCACION CON PINTURA TERMOPLASTICA”, y

Considerando

Que conforme surge del acta de apertura de ofertas de fs. 336/337 se han presentado 2 (dos) oferentes.

Que a fs.344/346 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección de Compras y Licitaciones.

Que la dependencia solicitante se ha expedido en relación a la procedencia de las ofertas presentadas, realizando análisis de rigor, como así el resultado de la compulsa realizada, sugiriendo la adjudicación a las firmas Polydem SA y Linotol Argentina SACCIF por un total de $ 19.714.920,00.

Que asimismo, se desprende de ese informe de fs. 348 la ratificación de la necesidad e importancia para esta administración de contar con dichos productos.

Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 349.

Es por ello que EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a las firmas que a continuación se detallan y por los montos que en cada caso se indican, la “PROVISION DE MATERIAL PARA DEMARCACION CON PINTURA TERMOPLASTICA”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 349.

POLYDEM SA $ 18,366,920.00
LINOTOL ARGENTINA SACCIF $ 1,348,000.00
TOTAL $ 19,714,920.00

Artículo 2º.- La suma de Pesos diecinueve millones setecientos catorce mil novecientos veinte ($19.714.920,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gastos diferida año 2022 Nro. 1-7653 obrante a fs. 22.

Artículo 3º.- Las firmas adjudicatarias deberán presentar en la Dirección General de Tesorería, en concepto de garantía de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 10% (diez por ciento) del importe total del mismo, conforme lo establece el artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en concepto de anticipo financiero, por el 95% (noventa y cinco por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 30 del mismo Pliego.

 

Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Tránsito, Transporte Público y Seguridad Vial y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 5º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería) y de Tránsito, Transporte Público y Seguridad Vial.

Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Martinez- Alvarez- Antiñolo