Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1852
Brandsen, 27/10/2021
Visto
Visto el contrato de Locación de Obra suscripto con la Empresa de Transporte Santa Rita S.R.L CUIT N° 30-70986951-1, y;
Considerando
Que el transportista se compromete a transportar a los participantes de la etapa final de los torneos bonaerenses 2021 desde la ciudad de Brandsen y hasta la ciudad de Mar del Plata, ida y vuelta.
Que la ida está programada para el día 05 de noviembre de 2021, y el regreso para el día 09 de noviembre del mismo año;
Que el servicio incluye los transportes internos durante esos días;
Que la cantidad de pasajeros que comprende este contrato asciende a la cantidad de diecinueve (19);
Que dicha contratación se establece en un precio total del transporte de pesos ciento cuarenta y tres mil doscientos ($143.200,00);
Que el transportista asume todas las responsabilidades civiles y penales que tal condición implica, y toma a su cargo el costo los peajes, el combustible, lubricantes, aditivos y demás consumos habituales el rodado como también la reparación mecánica y/o estructural de los mismos;
Que por expediente 4101.0/11 de la Municipalidad de Saavedra“…en la celebración de contratos con profesionales el Honorable Tribunal de Cuentas, consideró excesivo el cumplimiento de la aplicación del artículo 32º de la Ley orgánica de las Municipalidades, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad para autorizar las tareas y servicios no contemplados en el artículo 148º de la ley, razón por la cual para tales gastos se estableció que deberán adoptarse los procedimientos utilizados para el común de los gastos presupuestarios…”;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Regístrese, el Contrato de locación de obra suscripto con la Empresa de Transporte Santa Rita S.R.L CUIT N° 30-70986951-1, para el transporte de los participantes de la etapa final de los torneos bonaerenses 2021 desde la ciudad de Brandsen y hasta la ciudad de Mar del Plata, ida y vuelta, el que agregado como Anexo forma parte del presente.-
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º, será imputado con cargo a la Jurisdicción: 7000 - Cat. Prog: 18.07 - Fuente de Financiamiento: 132.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración y de Acción Comunitaria.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-