Boletines/General Lavalle
Decreto Nº 1161/2021
General Lavalle, 28/12/2021
Visto
La Ordenanza Municipal nº 2491/2021, promulgada según Decreto Municipal nº 1131/2021; y
Considerando
Que, conforme surge del artículo 2º de la Ordenanza Municipal nº 2491/2021 es necesario reglamentar los requisitos exigibles a los peticionantes de autorización de uso precario por tiempo determinado de un espacio físico dentro del Predio Santos Vega.
Que, la Unidad de Inspección Municipal se ha expedido al respecto.
Que, en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del acto administrativo correspondiente, el cual será refrendado por el Jefe de Gabinete;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES DICTA EL SIGUIENTE
DECRETO
ARTÍCULO 1º: Establézcase como requisito previo a la concesión de la autorización dispuesta conforme Ordenanza Municipal nº 2491/2021, la presentación de la siguiente documentación:
ARTÍCULO 2°: El predio deberá ser restituido en idéntica situación de higiene y conservación en que sea entregado, bajo apercibimiento de no serle concesionado nuevamente.
ARTÍCULO 3º: Desígnese a la Unidad de Inspección Municipal, como autoridad de aplicación del presente.
ARTÍCULO 4º: El acto administrativo que autorice la realización del evento, deberá expresar horario del mismo, y plazo de la concesión de uso, la que se otorgará por un plazo no mayor a 24hs, debiendo certificarse la correcta restitución del lugar.
ARTÍCULO 5º: El presente decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 6º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda, y dese al Registro Municipal.-
HECTOR SANTIAGO DE JESUS DELFINO JOSE H RODRIGUEZ PONTE
JEFE DE GABINETE INTENDENTE MUNICIPAL