Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2303/21
General Pueyrredon, 28/12/2021
Visto
que en estas actuaciones se tramita la “Contratación del Seguro de Vida Colectivo Obligatorio, por Decreto – Ley Nº 9507/80, para el personal de la Administración Central”; y
Considerando
Que el citado Decreto – Ley instituye un subsidio que habrá de abonarse en casos de disminución de haberes, incapacidad física o mental y de fallecimiento, a todos los funcionarios y empleados que ocupen cargos de planta permanente o temporaria, con excepción del personal contratado.
Que por Decreto 2112/20 (fs. 7) se contrató con la firma NACIÓN SEGUROS S.A. del seguro de vida colectivo obligatorio para el personal de la administración central para el ejercicio 2021.
Que a fs. 2 la Secretaría de Gobierno realiza la Solicitud de Pedido Nº 2149/21, solicitando la cobertura del seguro de vida obligatorio para el personal de la Administración Central.
Que el importe del subsidio por fallecimiento será equivalente a diez (10) veces el sueldo asignado a la categoría inferior del agrupamiento personal administrativo del Régimen para el personal de la Administración Pública de la provincia dependiente del Poder Ejecutivo, reajustable toda vez que opere un incremento en ese ámbito y en la misma proporción que estos.
Que a foja 6 obra cotización presentada por la firma NACION SEGUROS S.A., empresa del grupo Banco Nación, banca oficial del Estado Nacional, para la cobertura del Seguro de Vida Obligatorio del personal de esta Administración Central, en los términos del Dto. Ley 9507/80, para una población de entre los 18 años y los 79 años de edad.
Que a fojas 12 la Contaduría General efectúa el control de legalidad de su competencia.
Que la presente contratación directa se funda en los términos del artículo 156° inciso 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y artículos 98, 100 y ccs. del Decreto 2980/00.
Por ello y en virtud de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Autorizase la contratación directa a la firma NACIÓN SEGUROS S.A. del Seguro de Vida Colectivo Obligatorio (Decreto- Ley Nº 9507/80), para el personal de la Administración Central desde el 1º de Enero de 2022 al 31 de Diciembre de 2022 inclusive, por un monto total de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO CON 80/100 ($ 4.719.331,80) de conformidad con lo establecido en el Art.156 Inc.2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (contratación a repartición oficial del Estado), según el siguiente detalle:
Capital Original Asegurado: $108.296,20
Cantidad de personas estimadas 7.263
Premio $0,50‰ mensual
$108.296,20 x 7.263 x $ 0,50/1000 x 12 meses = $ 4.719.331,80
ARTICULO 2º.- No será válida en el reglamento normativo de la póliza de seguro, cláusula alguna que obligue al Municipio a notificar a la aseguradora las modificaciones del monto del capital asegurado del que resulta el subsidio por fallecimiento, toda vez que el mismo se establece a través de una norma provincial de orden público.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por los Secretarios de Economía y Hacienda y de Gobierno.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y para las notificaciones y demás efectos que correspondan y el control del cumplimiento de las obligaciones contractuales, intervengan la Dirección General de Contrataciones, la Dirección de la Función Pública y la Contaduría Municipal.
BLANCO BONIFATTI MONTENEGRO