Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 2261/2021
Coronel Suárez, 23/09/2021
Visto
el EXP – MCS: 1487/2019, a través del cual la firma “AGRONOMIA ALVAREZ SRL”, solicita la compra de dos lotes del Sector Industrial Planificado de Huanguelen, destinado a la instalación de una Industria Grupo I – para desarrollar la actividad de “Servicio de Post Cosecha de Granos”, y-
Considerando
Que los mismos están identificados catastralmente de forma provisoria como: Circ. X – Secc. D – Qta.39. Fr. II – Parcela: 2, con una superficie de 2.418,85 m2 y Circ. X – Secc. D – Qta.39. Fr. II – Parcela: 5, con una superficie de 2.418,06 m2;
Que se fija para dicha operación, el valor por metro cuadrado en $ 359.455 de acuerdo a lo dispuesto en el art. 12°, inc a) de la Ordenanza n° 5972/14 y Ordenanza Modificatoria 7342/2020;
Que el importe proveniente de la venta de terrenos del Parque Industrial de Huanguelen será depositado en el “Fondo Rotativo”, destinado a la promoción de nuevos emprendimientos y mejoras de la infraestructura básica del Parque Industrial, creándose una cuenta afectada: “Fondo Rotativo Parque Industrial Huanguelen”;
Por ello, el Intendente Municipal del Partido en uso de sus atribuciones –
D E C R E T A
ART. 1º: Véndase a la firma “AGRONOMIA ALVAREZ SRL”, dos lotes del Sector Industrial Planificado de Huanguelen, identificados catastralmente de forma provisoria como: Circ. X – Secc. D – Qta.39. Fr. II – Parcela: 2, con una superficie de 2.418,85 m2 por un monto de $ 869.467,53, y Circ. X – Secc. D – Qta.39. Fr. II – Parcela: 5, con una superficie de 2.418,06 m2 por un monto de $ 869.183,56, destinado a la instalación de una Industria Categoría I – para desarrollar la actividad de “Servicio de Post Cosecha de Granos”.-
ART.2º: Determínese las condiciones de pago a la firma “AGRONOMIA ALVAREZ SRL”, - - - - - cuyo valor del lote podrá cancelarse al contado o entregando el 10% al momento de la firma del boleto de compra-venta, con una financiación del monto restante de 24 cuotas bimestrales. El interés del segundo caso estará fijado por la autoridad competente. Los gastos de escrituración serán abonados por el adquiriente del predio, de conformidad a lo dispuesto por Ordenanza n° 5972/14, art.16°, y lo expuesto en los considerandos del presente.-
ART. 3º: Por la Subsecretaría Legal y Técnica se confeccionará el correspondiente - - - - - - boleto de compra - venta.-
ART: 4º: El dinero ingresante de la presente operación deberá imputarse a la - - - - - - Partida: 21.1.06.00 “Fondo Rotativo Parque Industrial Huanguelen”.-
ART. 5º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-