Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº2153/2021

Decreto Nº 2153/2021

Coronel Suárez, 14/09/2021

Visto

el EXP – MCS: 1493/2019, a través del cual la firma “XARAVEDRA SA”, solicita la compra de un lote del Sector  Industrial Planificado de Huanguelen,  destinado a la instalación de una Industria Grupo I – para desarrollar la actividad de “Servicio de Post Cosecha de Granos”, y-

Considerando

Que el mismo está identificado catastralmente de forma provisoria como: Circ. X – Secc. D – Qta.39. Fr. II – Parcela: 4, con una superficie de 2.413,03 m2;

                                               Que  se fija  para dicha operación, el  valor por metro cuadrado en $ 359.455 de acuerdo a lo dispuesto en el art. 12°, inc a) de la Ordenanza n° 5972/14 y Ordenanza Modificatoria 7342/2020;

                                                Que el importe proveniente de la venta de terrenos del Parque Industrial de Huanguelen será depositado en el “Fondo Rotativo”, destinado a la promoción de nuevos emprendimientos y mejoras  de la infraestructura  básica del Parque Industrial, creándose una cuenta afectada: “Fondo Rotativo Parque Industrial Huanguelen”;                                                                          

Por ello, el Intendente Municipal del Partido en uso de sus atribuciones –

 

D E C R E T A

 

ART. 1º: Véndase a la firma “XARAVEDRA SA”, un lote del Sector  Industrial                            - - - - - Planificado de Huanguelen, identificado catastralmente como: Circ. X – Secc. D – Qta.39. Fr. II – Parcela: 4, con una superficie de 2.413,03 m2, por un monto total de                           $ 867.375,50 destinado a la instalación de una Industria Categoría I – para desarrollar la actividad de  “Servicio de Post Cosecha de Granos”.-

 

ART.2º: Determínese las condiciones de pago a la firma “XARAVEDRA SA”,                     - - - - - cuyo valor del lote podrá cancelarse al contado o entregando el 10% al momento de la firma del boleto de compra-venta, con una financiación del monto restante de 24 cuotas bimestrales. El interés del segundo caso estará fijado por la autoridad competente. Los gastos de escrituración serán abonados por el adquiriente del predio, de conformidad a lo dispuesto por Ordenanza n° 5972/14, art.16°, y lo expuesto en los considerandos del presente.-

 

ART. 3º: Por  la Subsecretaría Legal y  Técnica se confeccionará el correspondiente                  - - - - - - boleto de  compra - venta.-

ART: 4º: El dinero ingresante de la presente operación deberá imputarse a la                     - - - - - -   Partida: 21.1.06.00 “Fondo Rotativo Parque Industrial Huanguelen”.-

ART.  5º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-