Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº2076/2021

Decreto Nº 2076/2021

Coronel Suárez, 03/09/2021

Visto

el expediente de referencia, por el cual los Bomberos Voluntarios de Coronel Suarez, solicitan la eximición del pago de la Tasas Municipales del inmueble designado catastralmente como: CIRC. XV – SECC. B – MZ. 111E – PARC. 22A – Partida Inmobiliaria 26635,  y-

Considerando

Que atento lo dispuesto en el art. 40 de la L.O.M., y de acuerdo lo establecido en la Ordenanza nº 4273/06, podrán ser eximidos del pago de las Tasas de Alumbrado, Barrido y Limpieza; Conservación de la Vía Pública; Seguridad e Higiene; Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal; Derechos de Construcción y Contribución de Mejoras por las Obras de Infraestructura urbana de: Cordón Cuneta, Pavimento y Asfalto, a las Instituciones Sociales, Culturales, Deportivas y las Juntas Vecinales del Distrito de Coronel Suárez, debidamente reconocidas por la Comuna, debiendo estar además registradas como Entidades con Personería Jurídica, y ser titulares de dominio del inmueble cuya exención se solicita y a los Partidos Políticos que fueren titulares de dominio, con personería política a nivel municipal, siempre que dichos inmuebles se destinen a asiento físico y legal de la sede partidaria;

          Que la Directora Interina de Recaudación,  informa que corresponde acceder a lo solicitado, en virtud de encuadrarse dicho pedido dentro de lo establecido en la Ordenanza nombrada precedentemente;

Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-

 

D E C R E T A

ART. 1º: Eximir a los BOMBEROS VOLUNTARIOS DE CORONEL SUAREZ, del                      - - - - - - pago de las Tasas Municipales que afectan al inmueble designado catastralmente como: CIRC. XV – SECC. B – MZ. 111E – PARC. 22ª, Partida Inmobiliaria 26635 de la localidad de Coronel Suarez, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-

ART. 2º: A través de la Dirección de Recaudación se dará cumplimiento a lo           - - - - - - dispuesto en el artículo anterior.-

ART. 3º: Regístrese, cúmplase, comuníquese y oportunamente, archívese.-