Boletines/General La Madrid

Decreto Nº1428

Decreto Nº 1428

General La Madrid, 03/11/2021

Visto

    La Ordenanza Municipal N°2010/19 mediante la cual se aprueba el remate público de rezago del patrimonio municipal ubicado en el Plan Vial; y

Considerando

Que es menester la creación de dicho registro para proceder al remate de estos rezagos del patrimonio municipal;

Que la Ordenanza Municipal N°2010/19 en su el articulo N°4 establece la creación en el Municipio de General La Madrid, de un Registro de Martilleros y Corredores Públicos;

Que por lo expuesto debe dictarse el acto administrativo correspondiente;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE GENERAL LA MADRID, EN USO DE LAS FACULTADES OTORGADAS POR LA LEY

                                                                                                                              DECRETA

 

ARTICULO 1º: Créese en la Municipalidad de General La Madrid el Registro de Martilleros y Corredores Públicos, que se conformara con todos aquellos profesionales que voluntariamente se inscriban, conforme a lo previsto en el art. 4 de la Ordenanza Municipal N°2010/19. ----------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Pueden inscribirse en el Registro, únicamente los Martilleros y Tasadores que se encuentren establecidos y actúen en el Partido de Gral. La Madrid, inscriptos en el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Pcia. De Bs. As. --------------------------------

 

ARTÍCULO 3º: Los martilleros que reúnan las condiciones del Art. 2° y deseen inscribirse en el Registro, deben presentar al efecto una solicitud, que tendrá el carácter de declaración jurada, haciendo constar en ella

Nombre y apellido;

Nacionalidad;

Lugar y fecha de nacimiento;

D.N.I;

Fecha de otorgamiento de la matrícula;

Número de inscripción en el Colegio de Martilleros y Corredores  Públicos y presentación del recibo de la cuota del año en que efectúa la inscripción. -----------------------------------------------

 

ARTÍCULO 4º: Presentada la solicitud y verificada la idoneidad, mediante el título o matrícula que debe exhibir el interesado, se procederá sin más trámite a la inscripción en el Registro, asignándole el número correspondiente, por orden de presentación. ---------------------

 

ARTÍCULO 5º: El registro permanecerá abierto hasta el día 10 de Noviembre de 2021. Se realizara entre todos los inscriptos sorteo público para establecer el martillero que tendrá a su cargo el remate el día 11 de Noviembre de 2021 a las 10 horas en la sala de situación municipal, tal lo estipula el art. 4 in fine de la Ordenanza Municipal Nº2010/19. -----------------

 

ARTÍCULO 6º: Comuníquese a quienes corresponda, publíquese, regístrese, cumplido, archívese. ------------------------------------------------------------------------------------------------------