Boletines/Chascomús

Decreto Nº1073/17

Decreto Nº 1073/17

Chascomús, 23/11/2017

TRAMITE JUBILATORIO

Visto

El inicio del trámite jubilatorio por parte del agente LUCERO, Osvaldo Ismael, D.N.I Nº 12.141.204, y

Considerando

Que el agente se desempeña en la Secretaría de Obras y Servicios y se acogerá a los beneficios de la Jubilación Ordinaria;

Que corresponde proceder a dar la baja  del agente a partir del 31 de Octubre de 2017;

Que conforme lo dispuesto por la legislación se le abonará Anticipo Jubilatorio del 60% (Sesenta por Ciento) de su remuneración mensual como adelanto de su jubilación, de la que será deducida al liquidarse ésta última;

Que asimismo corresponde abonarle retribución especial por haber prestado servicios por más de 30 años;

POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTICULO 1º.- Dése de baja al agente LUCERO, Osvaldo Ismael, D.N.I Nº  12.141.204 a partir del 31/10/2017 quien se acogerá a los beneficios de la Jubilación Ordinaria.-

ARTICULO 2º.- Se abonará Anticipo Jubilatorio de PESOS CATORCE MIL DOSCIENTOS QUINCE ($14.215) a partir del 01/11/817 correspondiente al 60% de su remuneración mensual, importes que serán descontados al liquidarse su jubilación y retribución especial por haber prestado servicio por más de 30 años de PESOS NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS CINCO CON 62/100 ($91.705,62).-

ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto   impútese a la Jurisdicción 1110114000, Categoría Programática 6.2.1.1, 42.04 Anticipo Jubilatorio, y Jurisdicción 1110114000, Categoría Programática 1.6.0.0, 42.04 Retribución Especial.-

ARTICULO 4º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Contaduría, Dirección de  Recursos Humanos, Liquidaciones, Oficina de Jubilaciones, Tesorería, agente y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y por el Señor Secretario de Hacienda.-

ARTICULO   6º.- Cúmplase,   publíquese,   dése   al   Registro   Municipal   y archívese.-