Boletines/Chascomús

Decreto Nº1052/17

Decreto Nº 1052/17

Chascomús, 16/11/2017

RESCICION CONTRATO CON ATALAYA

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-132370/A sobre “Rescisión de Contrato Municipal de Bº Las Escalinatas” iniciado por el Sr. Jorge Guillermo Felices, Presidente de Atalaya S.A; y

Considerando

Que  a fs. 1 se inician los presentes actuados a solicitud del Presidente de la sociedad Atalaya S.A, solicitando la rescisión anticipada del contrato de concesión celebrado entre la Municipalidad de Chascomús y la sociedad Atalaya S.A, respecto del inmueble denominado Balneario Las Escalinatas en el sector ribereño, ubicado en Costanera España Nº 8 de la Ciudad de Chascomús, sosteniendo como argumento la necesidad estratégica de la empresa de concentrar sus recursos en los puntos de venta ubicados sobre la ruta y la elaboración de sus productos tradicionales, antes del plazo establecido en el contrato de concesión;

Que a fs. 2, la Secretaría de Planificación y Turismo estima conveniente aceptar el pedido de rescisión formulado por la sociedad Atalaya S.A.;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo décimo sexto del contrato mencionado, para el supuesto que el concesionario solicite la finalización del contrato antes de que se venza su plazo estipulado de acuerdo al Pliego y al Contrato, la Municipalidad deberá retener el depósito del 100% del canon establecido como garantía del cumplimiento del mismo sin derecho a reclamar resarcimiento alguno por parte del concesionario. Es por ello, que la Municipalidad deberá aplicar la sanción descripta debiendo ejecutarse la referida Garantía de cumplimiento de contrato (conf. párrafo 3ero artículo décimo sexto del contrato de concesión);

Que la Garantía de Cumplimiento de contrato se encuentra regulada respecto a sus alcances y conformación en el artículo décimo primero inciso k) del Contrato de referencia.- En este sentido, conforme lo dispuesto por el artículo décimo la totalidad de las obras y mejoras efectuadas por el concesionario pasan al dominio del municipio, debiendo ser inventariadas por el responsable del área de patrimonio municipal;

Que la Dirección de Asuntos Legales emitió dictamen favorable respecto a la rescisión del Contrato de Concesión y de la disposición de la Garantía de Cumplimiento del Contrato de Concesión.;

POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTICULO 1º.- Dese por rescindido el Contrato de Concesión Celebrado  entre la Municipalidad de Chascomús y la sociedad Atalaya S.A, respecto del inmueble denominado Balneario Las Escalinatas en el sector ribereño, ubicado en Costanera España Nº 8 de la Ciudad de Chascomús, por solicitud de finalización del Contrato de Concesión, en forma anticipada por el concesionario.-

ARTICULO 2º. El procedimiento de ejecución por parte de la Municipalidad de Chascomús de la Garantía de Cumplimiento del Contrato, se determinará mediante lo dispuesto por el artículo Décimo Primero inciso K  y Décimo Sexto  del Contrato de Concesión.-

ARTICULO 3º.- Procédase a través de la Secretaría de Planificación y Turismo a tomar posesión material del inmueble concesionado, debiendo acordar el procedimiento mediante el cual se lleve a cabo.-

ARTICULO 4º.- Asimismo, procédase a realizar inventario a cargo del   responsable del Área de Patrimonio Municipal, de las mejoras introducidas al bien concesionado.-

ARTICULO 5º.- Notifíquese a Secretaria Privada, Secretaría de Planificación y Turismo, Contaduría, Tesorería, Concesionario y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 6º.- El  presente  Decreto será refrendado por el Secretario de  Gobierno y por el Secretario de Planificación y Turismo.-

ARTICULO  7º.- Cúmplase,   publíquese,   dése   al   Registro   Municipal   y archívese.-