Boletines/Avellaneda

Decreto Nº5385

Decreto Nº 5385

Avellaneda, 29/12/2021

El expediente Nº 1-4004-73481/2021; y

Considerando

Que por medio de la Ordenanza N° 29406 se autorizó al Departamento Ejecutivo a realizar, los actos jurídicos necesarios para la adquisición de los inmuebles determinados como A) Un predio compuesto de 18 lotes ubicado en la manzana 74, Entre Ríos entre Conesa e Isleta, Piñeiro, Avellaneda identificado con las matriculas 15969, 17851, 22977, 31537, 20765, F581/1972, 15101, B) Un predio compuesto por dos lotes ubicado en la manzana 89, calle Conesa 1825/53, Piñeiro, Avellaneda, identificado con las matriculas 11955 y 15368; C) Un predio compuesto por dos lotes ubicado en la manzana 73, Entre Ríos esquina Conesa, Piñeiro, Avellaneda, identificado con la matrícula F1648/1977; identificados catastralmente como a) MATRICULA 11955 Y 15368, NC: II-K-89- 12/13; b) MATRICULA 15969, NC II- K-74-13; c) MATRICULA 17851, NC II-K-74-14; d) MATRICULA 22977, NC II-K-74-12; e) MATRICULA 31537, NC II-K-74-18; f) MATRICULA 20765, NC II-K-74-7; g) FOLIO 1487/1978, NC II-K-74-15; h) FOLIO 581/1972, NC II-K-74-16/17/20/21/22; i) FOLIO 1648/1977, NC II-K-73-19/20 j) NC II-K-74-25/27/28/23 y k) MATRICULA 15101 NC II-K-74-6; quedando especialmente facultado para proponer en la quiebra de MANUEL NEIRA SAICF que tramita por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 3 Secretaria N° 6, la compra de los mismos por los importes y en las condiciones que surgen de la tasación realizada por la firma enajenadora SAPIN, aprobada por el Juez para la realización de esos activos en el referido proceso de quiebra en la que se encuentran comprendidos los inmuebles;

Que el artículo 1° in fine de dicha Ordenanza estableció que el mismo se deberá destinar al desarrollo de equipamiento comunitario, viviendas y/o espacios verdes;

Que a fs. 74 del Expediente N° 1-4004-73481/2021 se agregó el mandamiento ley 22172 el cual en su parte pertinente refiere consecuentemente, hágase efectiva la tradición del bien a favor del citado adquirente siendo esta la Municipalidad de Avellaneda;

Que en dicho marco, correspondería formalizar la escrituración del presente inmueble, toda vez que ya se han realizado las tramitaciones judiciales necesarias a tales fines;

Que la Ley N° 10830, en su artículo 2° establece que la Escribanía General de Gobierno intervendrá en la autorización de todos los instrumentos públicos notariales que documenten actos o negocios en los cuales sea parte el Estado Provincial, sus organismos descentralizados autárquicos, o empresas provinciales, y en general en aquellos casos en que por motivos de interés social lo dispongan las normas que al efecto se dictaren;

Que toda vez que la construcción de viviendas financiadas por el Estado Nacional constituye un suficiente motivo de interés social, correspondería dictar el acto administrativo que requiera la intervención de la Escribanía General de Gobierno en el proceso de escrituración a realizarse;

Que tomó intervención la Secretaría Legal y Técnica;

POR ELLO:

El Intendente Municipal, en uso de sus facultades,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Requiérase la Intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines de la registración de la titularidad dominial de los inmuebles adquiridos por conducto de la autorización conferida en la Ordenanza N° 29406, y la cancelación de las actuales inscripciones que constan por ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires indicados supra.

ARTÍCULO 2º: Ordénese la elevación de las actuaciones a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, por intermedio de la Secretaría de Desarrollo Territorial (Dirección de Regularización Dominial), previo pase por la Secretaría Legal y Técnica, a los efectos de proceder a la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial Municipal.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal, comuníquese. Fecho, archívese.