Boletines/Chascomús
Resolución Nº 267/21
Chascomús, 29/12/2021
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-156612/K caratulado “Solicitud cambio de contribuyente y prescripción deuda tributaria. Partida Nº 18.986” iniciado por KECHICHIAN Roberto Carlos; y
Considerando
Que el peticionante solicita la prescripción de la deuda por Tasas Municipales de la Partida Nro. 18.986 de la que resulta ser titular registral conforme Escritura Nº 95 formalizada ante el escribano ETCHEPARE, Juan Martin por la cual adquirió el dominio según venta que le realizara Orlando Ramón Freire y Juan José Freire.
Que se ha constatado que surge de los registros municipales deuda por Tasa de Servicios Generales desde el año 05/2003 hasta 06/2014 inclusive, y Servicios Sanitarios desde el periodo 02/2004 hasta 06/2014 inclusive, encontrándose inscripto como contribuyente municipal Erazo Humberto y Otra .-
Que la prescripción de las tasas municipales e impuestos provinciales opera a los 5 años (art. 278 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y art. 2.560 del Código Civil y Comercial de la Nación).-
Que en el mismo sentido se ha expedido en el Expte. 5300 – 2981/03 el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. Es decir, que la prescripción de las tasas municipales opera a los cinco años.-
Que sin perjuicio de lo expuesto, es importante destacar que en el artículo 65º de la Ordenanza Fiscal vigente, se indica que: “…la prescripción de las facultades y poderes de la Municipalidad para determinar las obligaciones fiscales y exigir el pago de las mismas, se interrumpe: a) Por el reconocimiento por parte del contribuyente o responsable de su obligación b) Por cualquier acto administrativo o judicial tendiente a obtener el pago.
Que atento a que no se han verificado dichas circunstancias y en virtud de lo establecido en el artículo antes citado y el artículo 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación, deberá reconocerse la prescripción de las deudas relacionadas a la Partida 24044 por Tasa de Servicios Generales desde el periodo 01/1992 hasta 06/2012 inclusive.
En consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que podrá hacerse lugar al cambio de contribuyente de Tasas Municipales respecto de la Partida Inmobiliaria Nº 18.986 consignándose como tal al Sr. Kechichian Roberto Carlos, DNI Nº 27882.948, (conf. Art. 110 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio en calle Machado Nro 212 de esta ciudad y con domicilio fiscal electrónico constituido kechi_tito@hotmail.com, como así también hacer lugar a la prescripción de deuda por Tasa de Servicios Generales solicitada desde el periodo 05/2003 hasta 06/2014 inclusive, y Servicios Sanitarios desde el periodo 02/2004 hasta 06/2014 inclusive.
Por ello los Señores Secretarios de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) en forma conjunta en uso de sus atribuciones:
RESUELVEN
ARTICULO 1°.- Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de las tasas municipales que gravan al inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria N° 18.986 a favor del Sr. KECHICHIAN Roberto Carlos, DNI Nº 27.882.948 (conf. Art. 110 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio en calle Machado Nro. 212 de esta ciudad y con domicilio fiscal electrónico constituido kechi_tito@hotmail.com.-
ARTICULO 2°.- Reconocer la prescripción solicitada por deuda de la Tasa de Servicios Generales del inmueble citado en el artículo anterior desde la cuota 05/2003 hasta 06/2014 inclusive, y Servicios Sanitarios desde el periodo 02/2004 hasta 06/2014 inclusive.-
ARTICULO 3°.- Modifíquese la deuda registrada en la cuenta corriente de la partida referida en los artículos anteriores.-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Legales, peticionante al domicilio fiscal electrónico constituido.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-