Boletines/Chascomús

Resolución Nº264/21

Resolución Nº 264/21

Chascomús, 27/12/2021

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-153267/C sobre “Solicitud de cambio de contribuyente y prescripción deuda tributaria Partida 6544” iniciado por el Sr. COVETTA, Alan Eduardo; y

Considerando

Que se presenta el Sr. COVETTA, Alan Eduardo solicitando el cambio de contribuyente y la prescripción de deuda por Tasas Municipales que posee la Partida Inmobiliaria Nº 6544, correspondiente al inmueble denominado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Manzana 117 –d, Parcela 12.

Que adjunta informe de dominio (v. fs. 2 del expediente administrativo) de la mencionada parcela, del cual surge como titular registral “La Yalca Soc. Romero y Estevez”.

Que asimismo a fs. 3 acompaña copia del testimonio de la sentencia que aprueba la Información Sumaria que tiende a acreditar que el Señor COVETTA Alan Eduardo ocupa el inmueble descripto.

Que de los registros municipales surge consignado como contribuyente el Sr. Salvador Finiello no constando, sin embargo documentación que acredite el motivo por el cual se procedió a realizar ese cambio de contribuyente.

Que sin perjuicio de ello, con fecha 20 de mayo de 2021, se envíó nota al Sr. Finiello Salvador, a los efectos de informarle que... “el Sr Covetta Alan Eduardo ha presentado una información sumaria, donde manifiesta que está haciendo posesión pacifica del bien inmueble denominado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Manzana 117 –d, Parcela 12, que de acuerdo a nuestros registros figura a su nombre, por lo que se le solicita se nos informe por escrito (debiendo adjuntar la documentación respaldatoria del bien), en un plazo no mayor de cinco días de recibida la presente, si ha autorizado tal ocupación, caso contrario se dará curso favorable a lo solicitado por el peticionante.”

Que la nota, la cual fuera enviada por Correo Argentino, fue devuelta porque el domicilio se encontraba cerrado/ ausente, y se le dejo aviso de visita, venciéndose el plazo para su retiro.

Que por su parte y en relación a la deuda existente en concepto de tasas municipales de la partida N° 6544, cabe señalar que el art. 65 de la Ordenanza Fiscal vigente establece que “La prescripción de las facultades y poderes de la Municipalidad para determinar las obligaciones fiscales y exigir el pago de las mismas, se interrumpe: a) Por el reconocimiento por parte del contribuyente o responsable de su obligación. b) Por cualquier acto administrativo o judicial tendiente a obtener el pago”.

Que se ha verificado que la referida partida Nº 6544 registra deuda de periodos que, de acuerdo a la normativa vigente, debería reconocerse la prescripción, no habiéndose constatado interrupción de dicho plazo (conf. artículo 278 LOM) por lo que en virtud de lo establecido en el artículo antes citado y el artículo 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación, deberá reconocerse la prescripción de las deudas relacionadas a la Partida Nº 6544 desde la cuota 1/1992 hasta la cuota 4/2012, inclusive.

En consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que teniendo en cuenta que el actual contribuyente no ha presentado la documentación solicitada y tampoco se opuso a la ocupación por parte del Sr. Covetta, Alan Eduardo, deberá hacerse lugar  al cambio de contribuyente de la Tasas Municipales del inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria 6544 (conf. art. 110 de la Ordenanza Fiscal) consignándose como tal  al Sr .COVETTA, Alan Eduardo, DNI Nº 34.499.655, con domicilio en la calle Salta Nº 291 de ésta ciudad y domicilio fiscal electrónico constituido en aecovetta@gmail.com (conf. art. 12 bis O.F); como así también hacer lugar a la prescripción de deuda por Tasa de Servicios Generales desde la cuota 01/1992 hasta la cuota 4/2012 inclusive.

Por ello los Señores Secretarios de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) en forma conjunta en uso de sus atribuciones:

RESUELVEN

ARTICULO 1°.- Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de la tasa municipal que grava al inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria N° 6544 consignándose como tal al Sr. COVETTA, Alan Eduardo, DNI Nº 34.499.655, (conf. Art. 110 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio en calle Salta Nº 291, de la ciudad de Chascomús, provincia de Buenos Aires y con domicilio fiscal electrónico constituido, aecovetta@gmail.com,(conf. Art. 110 de la Ordenanza Fiscal).-

ARTICULO 2°.- Reconocer la prescripción solicitada por deuda de la Tasa de Servicios Generales del inmueble citado en el artículo anterior desde la cuota 01/1992 hasta la cuota 04/2012 inclusive.-

ARTICULO 3°.- Modifíquese la deuda registrada en la cuenta corriente de la partida referida en los artículos anteriores.-

ARTICULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Legales, Gestión de Cobros, peticionante al domicilio fiscal electrónico constituido.-

ARTICULO 5º.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-