Boletines/Chascomús

Resolución Nº258/21

Resolución Nº 258/21

Chascomús, 20/12/2021

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-156624/J caratulado “Solicitud de autorización para cremación, traslado de restos y cambio de titularidad” iniciado por JAIME, Haydee  Lujan; y

 

Considerando

Que se presenta la Sra. Jaime, Haydee Lujan DNI Nº 10.565.434 solicitando autorización para la cremación y traslado de los restos de quien en vida fuera su madre: MELION, Engracia Haydee (fallecida el 18/10/1995), inhumados en el nicho Nº 293- Orden 3002-Seccion Q-Ampliación II- 1ª fila, del que es  titular,  para que luego se traslade al Nicho Nº 504 – Orden 2110 – Sección L – Ampliación dejando liberado el primer espacio  a disposición del municipio y solicitando el cambio de titularidad del segundo a su nombre; el que actualmente surge a nombre de Jaime Teresita – (su hermana fallecida).- 

Que se ha constatado según registros municipales, que ninguno de los espacios  registra deuda al presente (v. fs.4) asimismo se han acreditado los vínculos invocados (v. fs. 2 y 5).

Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que, de conformidad con lo dispuesto por el art. 21 de la Ordenanza 1161/79, podrá autorizarse la cremación  y traslado, así como el cambio de titularidad peticionado.-

Por ello, el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) que suscribe, en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTICULO 1°.- Autorícese cremación y traslado de restos de quien en vida fuera: MELION, Engracia Haydee (fallecida el 18/10/1995), inhumados en el nicho Nº 293- Orden 3002-Seccion Q-Ampliación II- 1ª fila, dejándolo a disposición del municipio, y que luego se traslade al Nicho Nº 504 – Orden 2110 – Sección L – Ampliación.-

ARTICULO 2°.- Autorícese el cambio de titularidad solicitado respecto del Nicho Nº 504- Orden 2110- Sección L- Ampliación, a nombre de JAIME, Lujan.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Dirección de  Ingresos Públicos, Cómputos, Cementerio  y peticionante.-

ARTICULO 4º.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-