Boletines/Chascomús

Resolución Nº250/21

Resolución Nº 250/21

Chascomús, 15/12/2021

Visto

El Expediente Administrativo N° 4030-156242/D caratulado “Solicitud de  autorización para exhumación y cremación de restos. Cta E 3/893”  iniciado por DE OTAZUA, Alejandro N; y

Considerando

Que se presenta  el  Sr. DE OTAZUA, Alejandro N, DNI N° 16.925.896, solicitando la exhumación y cremación de los restos que se hallan inhumados en la sepultura identificada como: MAUSO-I-AMPII-.75-893, Cta : E3/893, de quien en vida fuera: MUTUBERRIA Martina ( fallecida el 03/11/2002) con la cual no ha podido acreditar el vínculo alguno.

Que si bien el cadáver luego de la muerte de la persona, no pertenece a alguien en particular, el art 21 de la Ordenanza 1161/79 dispone que “las inhumaciones se autorizaran a pedido de parte que  acredite un interés legítimo, vinculo de parentesco, titularidad sobre el sepulcro o autorización escrita de sus titulares y/o orden judicial y recibo de pago de los tributos correspondientes”.

Que a la fecha de la mencionada sepultura no registra deuda de tasas municipales.

Que el espacio referido posee como contribuyente a la madre del peticionante –Sra. BARAYAZARRA, Lía Ethel.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que, bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, de conformidad con lo dispuesto por el art. 21° de la Ordenanza 1161/79, podrá autorizarse la cremación peticionada.

Por ello, el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) que suscribe, en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTICULO 1°.- Autorícese la exhumación y cremación, bajo responsabilidad del peticionante ( conf.Art.21 de la Ordenanza 1161/79) de los restos de quien en vida fuera: MUTUBERRIA Martina  (fallecida el 03/11/2002), inhumados en una sepultura identificada como : MAUSO-I-AMPII-75-893, Cta  E 3/893 – la cual quedara a disposición de la familia debiendo cumplimentarse con el procedimiento correspondiente que será indicado por la Dirección del Cementerio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Dirección de  Ingresos Públicos, Cómputos, Cementerio  y peticionante.-

ARTICULO 3º.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-