Boletines/Chascomús
Decreto Nº 967/21
Chascomús, 30/12/2021
LICENCIAS SIN GOCE DE HABERES DOCENTES
Visto
La necesidad de otorgar Licencia sin goce de haberes; y
Considerando
Que dichas licencias han sido solicitadas por docentes, conforme a los Artículos 102 al 113, CAPITULO XXI, “De las Licencias”, del Estatuto y Escalafón del Personal Docente Municipal, Ordenanza Nº 3437/04, y los Artículos 114 O.1 Licencia por causa particular, CAPITULO XX, “De las Licencias”, del Estatuto del Docente de la Provincia de Buenos Aires, Ley Nº 10579.
Que cumplen funciones en el Jardín Maternal y de Infantes “Clarisa Amezaga”, en la Escuela Primaria Municipal Nº 1 “Juan Galo de Lavalle”, en la Escuela Primaria Municipal Nº 2 “Hipólito Bouchard”, en la Escuela Primaria Municipal Nº 3 “Federico W. Gándara” y en la Escuela Secundaria Municipal “Juan Galo de Lavalle”.
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Otórguese Licencia sin goce de haberes en el Jardín Maternal y de Infantes “Clarisa Amezaga” a:
ARTICULO 2°.- Otórguese Licencia sin goce de haberes en la Escuela Primaria Municipal Nº 1 “Juan Galo de Lavalle” a:
ARTICULO 3°.- Otórguese Licencia sin goce de haberes en la Escuela Primaria Municipal Nº 2 “Hipólito Bouchard” a:
ARTICULO 4°.- Otórguese Licencia sin goce de haberes en la Escuela Primaria Municipal Nº 3 “Federico W. Gándara” a:
ARTICULO 5°.- Otórguese Licencia sin goce de haberes en la Escuela Secundaria Municipal Nº 1 “Juan Galo de Lavalle” a:
ARTICULO 6°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Subsecretaria de Capital Humano, Subsecretaria de Niñez y Adolescencia, Liquidaciones, Contaduría, Tesorería Escuela Primaria Municipal Nº 1, Escuela Primaria Municipal Nº 2, Escuela Primaria Municipal Nº 3, Escuela Secundaria Municipal, Jardín Maternal y de Infantes Municipal y agentes.-
ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 8º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-