Boletines/Chascomús
Decreto Nº 914/21
Chascomús, 22/12/2021
AUTORIZAR A LLAMAR LICITACION PUBLICA, RED VIAS SEGURAS
Visto
El Convenio de asistencia técnica y económica, celebrado con el Ministerio de Transporte de la Nación para la ejecución del Proyecto “RED DE VIAS SEGURAS – CHASCOMÚS – BUENOS AIRES; y
Considerando
Que a través del mismo se acordaron los siguientes objetivos específicos:
Que como consecuencia de dicho acuerdo, se ha definido técnicamente el proyecto, incluyendo distintos tramos de Bicisendas, en la costanera (desde la calle Escribano hasta “bajadita” y Club de Regatas hasta “Monolito”), bulevares de calle Escribano, Yrigoyen y Perón, Av. Alfonsín hasta calle La Porteña y bulevar Scalabrini Ortiz.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 151° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (D. Ley 6769/58), corresponde realizar un llamado a Licitación Pública, según las previsiones establecidas en el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración para las Municipalidades de la Prov. De Buenos Aires (Acuerdo 23/10/91).
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorícese el llamado a licitación pública para la ejecución del Proyecto “RED DE VIAS SEGURAS – CHASCOMÚS – BUENOS AIRES” por un monto total de PESOS CIENTO CUARENTA Y UN MILLONES TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CATORCE CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS (141.031.814,39) en un todo de acuerdo con el “Convenio de asistencia técnica y económica entre el Ministerio de Transporte y el Municipio de Chascomús.-
ARTICULO 2°.- Establézcase el día 17 de Enero de 2022 para la apertura de las ofertas a las 10 hs. en el palacio municipal, calle Crámer 270 de la ciudad de Chascomús. Autorícese a la Oficina de Compras para que establezca los plazos y demás detalles del llamado a Licitación Pública y autorícese la publicación de avisos por dos días en el “Boletín Oficial” de la provincia de Buenos Aires y en un diario de la localidad de Chascomús, debiendo invitarse a tomar parte de la licitación pública”.-
ARTICULO 3°.- Deróguense los Decretos Nº 819/21 y 831/21.-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaria de Obras y Servicios y Oficina de Compras.-
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-