Boletines/Chascomús
Decreto Nº 913/21
Chascomús, 22/12/2021
DEVOLUCION FONDOS MTEYSS
Visto
El Expediente Administrativo N° 4030-131123/M caratulado “Protocolo Adicional N° 10/17 al convenio de MTEYSS N° 87/06 para el desarrollo de acciones conjuntas en el marco de la red de servicios de empleo”; y
Considerando
Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 256 el 23 de Octubre de 2003 se creó el PLAN INTEGRAL PARA LA PROMOCIÓN DE EMPLEO, el cual tiene como objetivo principal contribuir a la generación, sostenimiento y mejora del empleo privado mediante la articulación de distintas políticas públicas instrumentadas por el Ministerio.
Que el PLAN INTEGRAL PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO se ejecuta mediante programas, proyectos y acciones específicas implementadas por las áreas competentes del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, articuladamente con los distintos órganos del gobierno nacional, provincial y municipal, y con la participación de actores socio-productivos del nivel local y con organizaciones de la sociedad civil.
Que el 28 de septiembre de 2006, el MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la Municipalidad de Chascomús suscribieron el Convenio del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 87/06 con el objetivo de desarrollar acciones conjuntas en el marco del PLAN INTEGRAL PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO.
Que en ese marco las PARTES acordaron establecer mecanismos de cooperación para la articulación de acciones que contribuyan a la implementación de políticas de empleo orientadas a la generación y/o consolidación del empleo y a mejorar las condiciones de empleabilidad de la población.
Que, LA SECRETARÍA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN y la Municipalidad de Chascomús suscribieron al Convenio del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 176/2006, con el objetivo de integrar la Oficina de Empleo de la Municipalidad de Chascomús a la Red de Servicios de Empleo y fortalecer su funcionamiento.
Que el Protocolo Adicional Nº 10/17, convalidado por Ordenanza 5157/17, tenía por objeto definir las condiciones de funcionamiento y servicios de la Oficina de Empleo de la Municipalidad de Chascomús en el marco de la Red de Servicios de Empleo, fijar las metas de Gestión y fortalecer la capacidad operativa de la Oficina de Empleo. Para ello la SECRETARÍA DE EMPLEO se compromete a brindar asistencia económica para el fortalecimiento de la capacidad operativa de la Oficina de Empleo Municipal y para su aplicación en distintos rubros.
Que adjuntado al protocolo se encuentran los ANEXOS I, II y III, correspondientes a las condiciones de funcionamiento y servicio de la oficina de empleo, metas de gestión de la oficina de empleo y fortalecimiento de la oficina de empleo.
Que la Municipalidad presentó una propuesta de gestión y fortalecimiento de su oficina de empleo para el período comprendido entre el mes de marzo de 2017 y el mes de marzo de 2018, que fue aprobada por la Dirección de Servicios de Empleo, dependiente del MTEySS de la Nación.
Que posteriormente solicitó una prórroga para la ejecución que fue aprobada hasta el 31 de agosto de 2018.
Que la Municipalidad de Chascomús presentó en abril de 2021 la rendición final ante el MTEySS de la Nación.
Que la Subsecretaría de Articulación Territorial del MTEySS mediante NO-2021-10464057-APN-SSAT#MT presentó la evaluación aprobatoria el 29/10/2021, estableciendo que se considera aprobada la rendición de gastos de capital y en cuanto a la rendición de gastos corrientes correspondía rendir la suma de pesos ciento cuarenta y dos mil setecientos cincuenta ($142.750) y se rindieron pesos ciento treinta y cuatro mil setecientos veinticuatro con 94/100 ($134.724,94) por lo cual se deberá devolver la suma de pesos ocho mil veinticinco con 06/100 ($8.025,06) en la cuenta corriente del Banco Nación Nº 0005447525 – CBU 0110599520000054475258 según instructivo de la CIRAD (circular en vigencia relacionado con rendiciones de cuentas y devoluciones de fondos).
Que los fondos recibidos fueron utilizados en su totalidad, pero la suma en cuestión se ejecutó fuera del plazo contemplado en la rendición, razón por la cual el Ministerio requiere la devolución. Habiéndose utilizado la totalidad del mismo, la devolución deberá afrontarse con recursos de libre disponibilidad.
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorizar la devolución del dinero afectado de PESOS OCHO MIL VEINTICINCO CON SEIS CENTAVOS ($ 8.025,06) en la cuenta informada por el MTEySS de la Nación, Cuenta Corriente Nº 005447525– CBU 0110599520000054475258 – Banco Nación.-
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, impútese a la Jurisdicción 1110112000 Categoría Programática 72.01.00 Adm. y Coord. de las Políticas de Producción y empleo, Partida 5.3.1.0 Transferencias a la Administración Central Nacional, Fuente de financiamiento 110-Tesoro Municipal.
ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Producción, Contaduría y Tesorería.-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-