Boletines/Chascomús
Decreto Nº 890/21
Chascomús, 15/12/2021
SUBSIDIO
Visto
El Expediente Administrativo N° 4030-156076/C caratulado “Subsidio gastos de participación campeonato de windsurf” iniciado por el Club de Regatas Chascomús”; y
Considerando
Que el Club de Regatas Chascomús a través de su Presidente ha realizado la solicitud de ayuda económica con el fin de acompañar la participación de Oscar Palomino en el Campeonato Argentino de Windsurf, en la modalidad WindFoil.
Que el deportista local representa a nuestra ciudad a través del Club de Regatas Chascomús.
Que este campeonato Sudamericano se desarrollará en la ciudad de Puerto Madryn, Provincia de Chubut, entre el 4 y 12 de Diciembre del año en curso.
Que este evento contará con participantes de varias provincias argentinas (San Juan, San Luis, Córdoba, Buenos Aires y Mendoza entre otras) y de países vecinos como Uruguay, Brasil, Chile y Perú entre otros.
Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que resulta adecuado al cumplimiento de los fines del Estado el acompañamiento al Club de Regatas Chascomús con el otorgamiento de un subsidio, para solventar parte de los gastos que requiera la participación del deportista Oscar Palomino en el Campeonato Argentino de Windsurf, en la modalidad WindFoil, de conformidad con las consideraciones ut supra expuestas.
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Otórguese Subsidio al Club de Regatas Chascomús, por un valor de PESOS QUINCE MIL ($15.000) para solventar parte de los gastos que requiera la participación del deportista Oscar Palomino en el Campeonato Argentino de Windsurf, en la modalidad WindFoil; sin cargo de reintegro y sujeto a rendición de gastos, por las consideraciones ut supra expuestas.-
ARTICULO 2°.- Autorícese la percepción del mismo por medio de transferencia bancaria de la institución, a la cuenta del Banco Provincia de Buenos Aires, CBU: 0140331001694200328946.-
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, impútese a la Jurisdicción 1110115000, Categoría Programática 51.01.00, Partida de Gasto 5.1.7. Fuente de financiamiento 110.-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada,Contaduría, Tesorería, Dirección de Deportes y Club de Regatas Chascomús.-
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y el Señor Secretario de Planificación y Turismo (Leandro Otondo).-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-