Boletines/Chascomús

Decreto Nº883/21

Decreto Nº 883/21

Chascomús, 14/12/2021

SUBSIDIO

Visto

El Expediente Administrativo N° 4030-156216/L caratulado “Solicitud de subsidio para la compra de trofeos” iniciado por La Liga Chascomunense de Fútbol; y

Considerando

Que a través del referido expediente administrativo la Liga Chascomunense de Futbol solicita ayuda económica para la compra de trofeos.

Que este año la peticionante está cumpliendo 90 años de trabajo ininterrumpido por el fútbol local.

Que en esta oportunidad y en el marco del festejo del 90° aniversario de la LCHF se pone en juego la Copa “Ciudad de Chascomús”.

Que este torneo incluye a todas las categorías del fútbol masculino; 1 era, 3era, 4ta, 5ta, 6ta y a la 1era. División del fútbol femenino.

Que durante el desarrollo del campeonato se contó con la participación de más de 1000 futbolistas de las distintas categorías.

Que la Municipalidad de Chascomús busca promover la difusión del deporte en todas sus expresiones.

Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Otórguese subsidio a La Liga Chascomunense de Fútbol para la adquisición de trofeos para los campeones de las distintas categorías que competirán en el marco de la Copa “Ciudad de Chascomús” por un monto de Pesos Setenta y Ocho Mil ($ 78.000) debiendo depositarse la suma correspondiente mediante transferencia bancaria a la cuenta N° 23110461/20 del Banco de la Nación Argentina; CBU: 0110231620023110461202; sin cargo de reintegro y sujeto a rendición de cuentas .-

ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, impútese a la Jurisdicción 1110115000, Partida de Gasto 5.1.7, Categoría Programática 51.01.00.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada, Dirección de Deportes, Contaduría, Tesorería, Secretaría de Planificación y Turismo y Prensa.-

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y el Señor Secretario de Planificación y Turismo (Leandro Otondo).-

ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-