Boletines/Chascomús
Decreto Nº 870/21
Chascomús, 10/12/2021
CESE
Visto
El Expediente Administrativo N° 4030-156095 caratulado “Situación Agente – Troullet Carlos”; y
Considerando
Que surge del referido expediente administrativo que en el año 2020 al Sr. TROULLET se le otorgó licencia extraordinaria por COVID-19 por ser una persona con factor de riesgo. Posteriormente y en virtud de las disposiciones del decreto municipal 226/2021 fue convocado a reincorporarse a sus funciones. En esa oportunidad el agente informó que aún no contaba con las dos dosis de la vacuna contra el covid-19, motivo por el cual recién se lo volvió a convocar a reincorporarse una vez que pasaron los 14 días de la aplicación de la última dosis (conf. art. 2 Decreto 226/21 y fs. 19 y 21).
Que, aunque se le informó en reiteradas ocasiones que debía reincorporarse a través de la referente de Capital Humano de su lugar de trabajo (v. fs. 15, 16, 20), el agente no se presentaba, es por ello que el día 29.10.21 se le envía CD 082376630, intimándolo a que se presentara en su lugar de trabajo dentro de un día hábil subsiguiente bajo apercibimiento de quedar incurso en abandono de cargo. La misma fue devuelta ante la imposibilidad de notificar en el domicilio declarado en su legajo.
Que con fecha 11.11.21 desde la Dirección de Legales se mantuvo comunicación telefónica con el agente (v. fs. 28) para que se presentara al día siguiente a las 10:00 horas en el Área de Capital Humano, a efectos de reintegrarse a sus tareas habituales como sereno en el CIC “Dr. Quintín” del barrio 30 de Mayo.
Que luego de presentarse el día 12.11.21 a la hora acordada, el mismo presentó un certificado médico y no volvió a presentarse.
Que con fecha 24.11.21 se notifica al agente que el certificado médico presentado no fue homologado por medicina laboral, por lo cual debería haberse presentado (v. fs. 31 y 32) a su lugar de trabajo el día 25.11.21 y no lo ha hecho hasta el día de la fecha de manera injustificada.
Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que habiéndose intimado fehacientemente al agente a reincorporarse a su puesto de trabajo, habiendo incurrido nuevamente en más de cinco inasistencias consecutivas injustificadas, corresponde declararlo incurso en abandono de su puesto de trabajo, de conformidad con lo dispuesto por el art. 108 de la Ley 14.656, y en consecuencia decretar su cesantía.
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Decrétese la cesantía del agente TROULLET Carlos, Legajo N° 6159 por haber incurrido en más de cinco (5) inasistencias consecutivas, sin justificación de conformidad con lo prescripto por el art. 108 de la Ley 14.656.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada, Secretaría de Salud Pública, Subsecretaría de Descentralización de la Salud Pública, Dirección de Capital Humano, Oficina de Liquidaciones y Señor Troullet Carlos.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-