Boletines/Chascomús

Ordenanza Nº5607/21

Ordenanza Nº 5607/21

Chascomús, 02/12/2021

VISTO:

La necesidad de incorporar maquinaria vial para la prestación de los servicios de mejora y mantenimiento de caminos rurales y urbanos; y

CONSIDERANDO:

Que en los últimos años y mediante sistema leasing se autorizó al departamento Ejecutivo a incorporar diversos equipamientos al inventario municipal.-

Que, actualmente, están vigentes tres contratos con Provincia Leasing, celebrados en 2020.-

Que, desde el gobierno de la provincia de Buenos Aires, se ha lanzado un nuevo financiamiento para Municipios a través de esta operatoria, habiéndose informado desde Provincia Leasing, que Chascomús tiene un cupo disponible de $ 40 millones.-

Que siendo la operatoria que se realiza con Provincia Leasing, sociedad con la participación mayoritaria del Banco de la Provincia de Buenos Aires mediante contratación directa en los términos establecidos en el Art. 156 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, un sistema apropiado para la adquisición y renovación del parque de maquinarias y vehículos se hace necesario solicitar autorización al HCD, para el endeudamiento de hasta $ 40.000.000 para aplicar a la modalidad de leasing.-                                                    

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente.

 

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo a formalizar contratos de locación con opción a compra bajo la modalidad de contratos de Leasing con Provincia Leasing, sociedad con participación mayoritaria del Banco de la Provincia de Buenos Aires en forma de contratación directa, de conformidad a lo establecido por el Art. 156 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades por un monto de hasta $ 40.000.000.-

ARTICULO 2°.- Los bienes objeto de tales contrataciones estarán destinados a la incorporación de una motoniveladora, que será utilizada prioritariamente en la mejora y mantenimiento de caminos rurales, a través de la Secretaría de Servicios Públicos.-

ARTICULO 3°.- Estas contrataciones se formalizarán conforme el plazo, estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que Provincia Leasing tiene implementadas para este tipo de operatoria.-

ARTICULO 4°.- De Forma.-