Boletines/Chascomús
Decreto Nº 857/21
Chascomús, 03/12/2021
BENEFICIOS PROGRAMA GENERAL ARGENTINA CONSTRUYE
Visto
La Resolución N° 231.2021 SHMDTyH y los proyectos presentados por las organizaciones “Sociedad Francesa de Socorros Mutuos Unión y Patria”, “Asociación para la Integración de Personas con capacidades especiales: AILPCE” y “Orquesta Escuela de Chascomús” en trámite mediante Expediente Administrativo N° 4030-156073/M Alcances 1, 2 y 3 respectivamente; y
Considerando
Que por Resolución Nº 53 del 8 de Julio de 2020 y sus modificatorias, del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT se creó el Programa Federal Argentina Construye Solidaria designándose como Autoridad de Aplicación a la SECRETARÍA DE HÁBITAT del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT.
Que el mencionado Programa tiene como finalidad la mejora del hábitat a través de la financiación de la compra de materiales para la ejecución de obras menores en las sedes de organizaciones comunitarias, que coadyuven en la mejora en la prestación de sus servicios a la comunidad.
Que a los fines de su implementación el Programa prevé una serie de instancias e interrelaciones entre las provincias y municipios adherentes, según las cuales la preselección de los proyectos y beneficiarios queda a cargo de los municipios, para su posterior remisión a las Provincias, y por último de éstas a la Autoridad de Aplicación.
Que las organizaciones “Sociedad Francesa de Socorros Mutuos Unión y Patria”, “Asociación para la Integración de Personas con capacidades especiales: AILPCE” y “Orquesta Escuela de Chascomús” han acompañado la solicitud de proyecto, han adjuntado la documentación pertinente e indicado el domicilio de obra.
Que obran agregadas al presente expediente las factibilidades pertinentes y con ello se han verificado el cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos en el punto 1.3.1, 1.4 y 1.5 del Anexo I la Resolución 231.2021 SHMDTyH.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Municipio.
Que, por ello en cumplimiento del art 2.2 de la Resol 231.2021 SHMDTyH
Por ello el Señor intendente Municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Selecciónense a las organizaciones “Sociedad Francesa de Socorros Mutuos Unión y Patria”, “Asociación para la Integración de Personas con capacidades especiales: AILPCE” y “Orquesta Escuela de Chascomús” para la presentación de los proyectos presentados en el marco del Programa Federal Argentina Construye Solidaria.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese el presente Decreto a la Subsecretaria de Hábitat de la Comunidad, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires en cumplimiento del art 2.3 de la Resol 231.2021 SHMDTyH.
ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada,Contaduría, Tesorería y Dirección de Políticas del Hábitat.-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-