Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº2735

Resolución Nº 2735

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/12/2021

Visto las presentes actuaciones, atento a la solicitud de exención en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene realizada por EDUARDO MIGUEL LARRABURU, DNI N° 20.061.586, Contribuyente N° 83.295, y;

CONSIDERANDO

Que, el Artículo Nº 137 de las Ordenanzas Fiscales Años 2016 y 2017 prescriben: “Cuando, por el ejercicio de la actividad, no se registraren ingresos durante el bimestre, se deberá abonar el mínimo establecido en la Ordenanza Impositiva, salvo que justifiquen debidamente la inactividad durante el bimestre. Se exceptúa de esta obligación a quienes desarrollen actividades únicamente en temporadas”;

Que, el Departamento Recaudación informa a fojas 18 que, el recurrente no registra movimientos en Ingresos Brutos desde el periodo 09/2016 a 06/2017, siendo su sustento económico el trabajo en relación de dependencia, y conforme lo establecido en el Artículo citado ut supra, sugiere exceptuar del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, al contribuyente Nº 83295, Eduardo Miguel Larraburu, por los anticipos 06/2016 a 04/2017;

Por lo expuesto, el  INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:

- RESUELVE -

ARTICULO 1º: Exceptúase a EDUARDO MIGUEL LARRABURU, DNI N° 20.061.586, Contribuyente N° 83.295, del pago de los anticipos 06/2016 a 04/2017 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por, de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 137 de las Ordenanzas Fiscales Años 2016 y 2017.

ARTICULO 2°: Cúmplase, notifíquese, dese al R.O., tome nota el Departamento de Recaudación; hecho, ARCHIVESE.-