Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº406

Resolución Nº 406

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 20/09/2021

Visto las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita el anexo del rubro "Difusión musical y/o números en vivo" al ya habilitado "Restaurante" en el inmueble identificado catastralmente com: Circ. I - Secc. B - Mz 72 - Parcela 58 c - Subparcela 2 - Partida 156124 y

CONSIDERANDO

Que por expediente 4007-1216/2019 c/0/00-2448/2019 se otorgó por Resolución 3489/2019 (fs.14) sobre el mencionado inmueble la habilitación para el desarrollo del uso "Restaurante" a la señora Mónica Rosa DI RENZO.

Que a fs. 2 del expediente 0/00-4529/2021, la recurrente solicita se anexe el rubro "Difusión musical y/o espectáculos en vivo" al uso desarrollado sobre el mismo inmueble.

Que a fs 6 del expediente 0/00-4529/2021 el Departamento Territorial informa que el inmueble en cuestión se encuentra sometido al régimen de Propiedad Horizontal con plano característica PH-7-97-92.

Que a fs 8 el Departamento Planeamiento urbano informa que el bien pertenece a la zona Microcentro Direccional (C1) del Código de Planeamiento Urbano, la cual se califica como: "Zona que coincide con los ejes de partición del ejido y es soporte del más alto nivel de diversificación y densidad de equipamiento comercial e institucional".

Que según el Cuadro  de usos N° 1 Cuadro de usos según distritos, la actividad "Restaurante con espectáculo" se encuadra en el uso "Bar concert" dentro del rubro Cultura - Culto - Esparcimiento, y se halla clasificado con (7), que establece: "La Comisión Asesora Permanente de Planeamiento debe efectuar en cada caso un estudio para determinar la conveniencia de la localización proyectada".

Que finalmente, el Departamento Planeamiento Urbano informa que no encuentra objeciones a la prefactibilidad solicitada, siempre que se de cumplimiento a toda normativa establecida para el normal desarrollo de la actividad.

Que al respecto, la Comisión Asesora Permanente de Planeamiento, por Acta 578 considera viable otorgar la factibilidad solicitada condicionada a:

  • La presentación del consentimiento de los propietarios de las demás unidades funcionales para el desarrollo de la actividad.
  • Presentación de planos con permiso y uso declarado.
  • No ampliar la superficie destinada para la actividad, más allá de los declarado en la solicitud.
  • Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática
  • Cumplimiento de toda normativa establecida para su normal funcionamiento.

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades

RESUELVE

PRIMERO: Otorgar prefactibilidad para el desarrollo del uso "Difusión musical y/o números en vivo" como anexo al rubro "Restaurante" que ya se encuentra habilitado en el inmueble identificado catastralmente com: Circ. I - Secc. B - Mz 72 - Parcela 58 c - Subparcela 2 - Partida 156124 en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente y a los antecedentes obrantes en el expediente 0/00-4529/2021.

SEGUNDO: La prefactibilidad autorizada en el artículo PRIMERO  se otorga condicionada a: 

  • La presentación del consentimiento de los propietarios de las demás unidades funcionales para el desarrollo de la actividad.
  • Presentación de planos con permiso y uso declarado.
  • No ampliar la superficie destinada para la actividad, más allá de los declarado en la solicitud.
  • Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática
  • Cumplimiento de toda normativa establecida para su normal funcionamiento

TERCERO: Cúmplase, dése al R.O., con nota de estilo notifíquese a la recurrente remitiéndole copia autenticada de la presente Resolución, tomen nota a sus efectos el Departamento Planeamiento Urbano, Habilitaciones Comerciales y demás dependencias municipales que correspondan.