Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 404
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 17/09/2021
Visto lo solicitado por la Jefa de División Higiene y Seguridad en el Trabajo referente a la Bonificación Remunerativa por Función de Inspector establecida por Decreto Nº 2068/2020, y;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 4 la Subsecretaría de Capital Humano, solicita que se detallen las tareas especificas y habituales que desempeñan los agentes de la dependencia en cuestión y fundamente la concordancia entre las tareas detalladas y las alcanzadas por la Bonificación solicitada.
Que a fs. 5 la División Higiene y Seguridad en el Trabajo, detalla lo requerido por la Subsecretaria de Capital Humano, informando que las inspecciones que se realizan:
"...son a nivel interno como externo. En las internas se hace referencia a todos los establecimientos municipales los cuales se incluyen propios y alquilados como, delegaciones, unidades sanitarias, oficinas administrativas, museos, teatros, jardines de infantes, centros a los cuales concurren personas con derechos vulnerados, hogares del adolescente, mamas cuidadoras, entre otros (la mbb cuenta con más de 200 establecimientos). En las externas se hace referencia a todas aquellas obras que el municipio terciariza y en donde es de suma importancia, inspeccionar y controlar que se trabaje de acuerdo al plan de seguridad e higiene presentado por la misma previo al comienzo de la obra."
Por lo expuesto y atento a lo informado por la Subsecretaria de Capital Humano, la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Otorgar al agente PATERNESI Martin Diego, Legajo Nº11628, categoría 04/1C, dependiente de la División Higiene y Seguridad en el Trabajo (Oficina Nº 262), una Bonificación Remunerativa por función inspector del 15% sobre la categoría de revista según los establecido en el Decreto 2068/2020, a partir del día de su notificación y mientras desempeñe la función de inspector.
ARTICULO 2°: Otorgar al agente TEMPORELLI Juan Pedro, Legajo Nº 13220, categoría 04/1C, dependiente de la División Higiene y Seguridad en el Trabajo (Oficina Nº 262), una Bonificación Remunerativa por función inspector del 15% sobre la categoría de revista según los establecido en el Decreto 2068/2020, a partir del día de su notificación y mientras desempeñe la función de inspector.
ARTICULO 3°: Otorgar a la agente FERNANDEZ Betiana Analía, Legajo 14472, categoría 04/4A, dependiente de la División Higiene y Seguridad en el Trabajo (Oficina Nº 262), una Bonificación Remunerativa por función inspector del 15% sobre la categoría de revista según los establecido en el Decreto 2068/2020, a partir del día de su notificación y mientras desempeñe la función de inspector,
ARTICULO 4°: Otorgar al agente PORCELLI, Luis Antonio Cesar, Legajo Nº 15062, categoría 04/4A, dependiente de la División Higiene y Seguridad en el Trabajo (Oficina Nº 262), una Bonificación Remunerativa por función inspector del 15% sobre la categoría de revista, según los establecido en el Decreto 2068/2020, a partir del día de su notificación y mientras desempeñe la función de inspector.
ARTICULO 5°: Otorgar a la agente HERNÁNDEZ FIEZZONI Luciana, Legajo Nº 16372, categoría 05/4B, dependiente de la División Higiene y Seguridad en el Trabajo (Oficina Nº 262), una Bonificación Remunerativa por función inspector del 15% sobre la categoría de revista, según los establecido en el Decreto 2068/2020, a partir del día de su notificación y mientras desempeñe la función de inspector.
ARTICULO Nº 6: La Bonificación Remunerativa por función de inspector otorgada será abonada solo cuando los agentes mencionados cumplan efectivamente la función de inspector y no estén comprendidos en ninguna otra función y/o adicional por función.
ARTICULO 7°: Se deja aclarado que los agentes mencionados en los artículos precedentes no percibirán la misma si se encuentran ausentes del servicio, aún cuando su ausencia se deba a alguna de las licencias previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo, para lo cual la dependencia responsable de los mismos deberá informar debidamente al Departamento Administración de Personal.
ARTICULO 8°: Todo agente que en forma transitoria deba reemplazar a quien perciba la bonificación por función tendrá derecho a percibir en forma proporcional a los días efectivamente laborados tal compensación por función.
ARTICULO 9º: Disponer que previo a la notificación de la presente, los agentes mencionados en los artículos precedentes deberán dar cumplimiento a lo establecido en el articulo 3º de la Ordenanza 20161 de Adhesión al Partido de Bahía Blanca a la Ley 15134 "Ley Micaela".-
ARTICULO 10°: El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110105000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 1133, del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 11°: Cúmplase, notifíquese a los agentes a través de Secretaría de Infraestructura, dése al R.O., tomen nota a sus efectos el Departamento Administración de Personal, Subsecretaria de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, División Higiene y Seguridad en el Trabajo y ARCHÍVESE.