Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº602

Resolución Nº 602

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 30/11/2021

Visto la nota presentada a fs. 1, por el Sr. Adrián Ruben Jouglard, D.N.I. Nº 18.128.481, Legajo Nº 16.553, dependiente de la Secretaria de Gobierno (oficina n°310), mediante la cual se solicita el reconocimiento de años de servicios prestados para el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

Considerando:

Que a fs.5 el Departamento Administración de Personal informa que el tiempo total a reconocer asciende a UN (1) año y CINCO (5) días, por los servicios prestados para el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados desde 5/12/2018 hasta el 09/12/2019.

Que correspondería el pago del beneficio solicitado aplicando el 3% sobre el sueldo básico por el total de los servicios desempeñados, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.

Que dicho reconocimiento deberá hacerse efectivo a partir del 23 de noviembre de 2021 fecha de entrada de la solicitud en el Departamento de Administración del Personal y sería sólo a efectos de la percepción en concepto de Bonificación por Antigüedad.

Que en un todo de acuerdo a lo informado por el Departamento de Administración del Personal y atento la imputación realizada por el Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

R E S U E L V E

Artículo 1º) Reconocer al Sr. Adrián Ruben JOUGLARD, D.N.I Nº 18.128.481, Legajo Nº 16.553, dependiente de la Secretaria de Gobierno, los servicios prestados en el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, durante UN (1) AÑO  y CINCO (5) días, en concepto de Bonificación por Antigüedad, a partir del 23 de noviembre de 2021, fecha en la cual presentó la documentación.-

Artículo 2º) El pago de la Bonificación por Antigüedad será aplicado al 3% sobre su sueldo básico y por el total de los servicios, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.

Artículo 3º) El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Cat.Prog 01.01.00, Gasto 1.1.3.1.-

Artículo 4º) Cúmplase, notifíquese, tome conocimiento el Departamento Administración del Personal, Subsecretaria de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, dése al R.O y ARCHÍVESE.-