Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 397
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 15/09/2021
Visto lo solicitado a fojas 1 por el agente FURH Luciano, Legajo N°15.301, dependiente de la Delegación Municipal Norte, referente al pago de "Adicional Función Operador de Maquina Vial" dispuesto por Decreto N°772/1999 y su modificatoria Decreto N°2837/2013, correspondiente desde el mes de Enero de 2018 a Diciembre 2018, atento a lo informado por la Subsecretaria de Capital Humano, la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fs.8 vta., y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 6, la Subsecretaria de Capital Humano informa que en cuanto al retroactivo de la "Adicional Función Operador de Maquina Vial" del mencionado agente, se giren las presentes actuaciones al Departamento Administración del Personal para hacer el calculo en las diferencias generadas.
Que a fojas 9, Contaduría General informa que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 140º del Reglamento de Contabilidad, y 54º del Decreto 2980, se deberá obtener la autorización del Honorable Concejo Deliberante para el pago de los meses adeudados, ya que ese gasto no se encuentra contemplado en el ejercicio económico 2018.
Que a fojas 10, la Subsecretaria de Legal y Técnica informa que "...de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 2562 inc. C) Código Civil relativo al plazo de prescripción liberatoria allí establecido; "Art. 2562 - Plazo de prescripción de dos años. Prescriben a los dos años;... c) el reclamo de todo lo que se devenga por años o plazos periódicos mas cortos..." por lo que los periodos a liquidar es desde el día 10 de Septiembre de 2018 al 31 de Diciembre de 2018.
Que a fojas 11, la Secretaria de Infraestructura solicita al Departamento Administración de Personal, que se actualice el informe de liquidación producido a fojas 8, compartiendo el informe de la Subsecretaria de Legal y Técnica.
Que a fojas 13, el Departamento Administración de Personal detalla liquidación de lo adeudado al agente FURH LUCIANO, Legajo N°15.301, Cat. 6.06B.
Por ello y en un todo de acuerdo a los informes de Subsecretaria de Capital Humano, Departamento Administración de Personal, Contaduría General, Subsecretaria Legal y Técnica y Subdirección de Análisis Legal y Administrativo, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE
ARTICULO 1º: Rechazar por extemporáneo la solicitud del pago “Adicional por Función Chófer Camión" del agente FURH LUCIANO, Legajo N°15.301, dependiente de la Delegación Norte, del periodo comprendido entre el 01 de enero de 2018 al día 9 de Septiembre de 2018, en un todo de acuerdo de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 2562 inc. C) Código Civil.
ARTICULO 2º: Hacer lugar a la solicitud del pago "Adicional Función Operador de Maquina Vial" dispuesto por Decreto Nº 772/1999 y su modificatoria Decreto Nº 2837/2013, del agente FURH LUCIANO, Legajo N°15.301, dependiente de la Delegación Norte, abonándosele la diferencia entre su categoría 6/06B y la categoría 6/02B, desde el día 10 de Septiembre de 2018 al 31 de Diciembre 2018, por haber desempeñado la función mencionada.
ARTICULO 3º: El pago de la bonificación dispuesto en el articulo 2º queda supeditado a la autorización del Honorable Concejo Deliberante, por tratarse de un ejercicio vencido y no estar incluido en la Deuda Flotante.
ARTICULO 4º: Elévese al Honorable Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza a efectos correspondientes.
ARTICULO 5º: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo precedente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110105000, Cat. Prog 01.01.00, Gasto 1233 del Presupuesto de Gastos.-
ARTICULO 6º: Cúmplase; notifíquese al interesado; dése al R.O.; tomen conocimiento el Departamento Administración del Personal, Subsecretaria de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General y la Delegación Norte.