Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2678
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 03/12/2021
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación presentada por RODOPETROL S.A., para desarrollar el rubro de “ESTACIÓN DE SERVICIO COMBUSTIBLES LÍQUIDO - VENTA POR MENOR DE LUBRICANTES - VENTA AL POR MENOR DE ALIMENTOS Y BEBIDAS ENVASADAS EN ORIGEN - VENTA DE CIGARRILLOS - ELABORACIÓN Y VENTA DE COMIDAS RÁPIDAS - CAFETERÍA” en calle Alem 1086 de la localidad de BAHÍA BLANCA, y
Considerando:
Que analizadas las actuaciones se observa que el local reúne condiciones higiénico - sanitarias y de seguridad conforme lo normado por la Ley Nº 7.315 y su Decreto reglamentario Nº 1.123; encuadrando en el Artículo Nº 2 Inciso 1 de la Resolución Nº 2-3443/2014.
Que según lo informado por el Departamento Habilitaciones a fs. 105 correspondería otorgarle al contribuyente un Permiso de Funcionamiento por un plazo de seis (6) meses a parir de su notificación.
Que consultadas las cuentas corrientes del Contribuyente Nº 82855 A, se observa que el mismo se encuentra al día en el pago por el concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Publica y Tasa de Salud, respecto de la Partida 31721;
Por lo expuesto en virtud de lo informado por los Departamentos inherentes, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de sus facultades conferidas mediante Decreto Nº 3211/2019:
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º: Otórgase un Permiso de Funcionamiento a RODOPETROL S.A., contribuyente Nº 87722, para el rubro de ''ESTACIÓN DE SERVICIO COMBUSTIBLES LÍQUIDO - VENTA POR MENOR DE LUBRICANTES - VENTA AL POR MENOR DE ALIMENTOS Y BEBIDAS ENVASADAS EN ORIGEN - VENTA DE CIGARRILLOS - ELABORACIÓN Y VENTA DE COMIDAS RÁPIDAS - CAFETERÍA'' en calle Alem 1086 de la localidad de BAHÍA BLANCA, por un plazo de seis (6) meses a parir de su notificación..
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen nota Departamento de Recaudación, Departamento de Habilitaciones, dése al R.O., hecho: ARCHIVESE.-