Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 379
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 09/09/2021
Visto la nota presentada a fs. 1, por la Sra. Sara María VILLARROEL, DNI 16.813.603, mediante el cual solicita que le abone los Haberes Adeudados, Aguinaldo y Licencia proporcionales a la fecha del fallecimiento de quien fuera en vida su cónyuge, el agente Andres Omar CANEVARI, legajo 14257, dependiente de la Delegación Noroeste, quien falleció en actividad el día 18 de Diciembre de 2020; y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Administración del Personal informa a fs. 6, 7, 8 y 10 que atendiendo el testimonio presentado, por el que se declara que le suceden en carácter de herederos sus hijos VALERIA SOLEDAD CANEVARI y ANDREA PAOLA CANEVARI y su esposa SARA MARÍA VILLARROEL, en cuanto se refiere a los bienes propios del causante, correspondería librar una Orden de Pago a favor de los mismos, por los conceptos que seguidamente se mencionan:
-Remuneraciones sin Aportes por un total de Pesos Cincuenta y Cinco Mil Noventa y Seis con Sesenta y Siete Centavos ($ 55.096,67.-) (concepto 230-cuarenta y un (41) días de licencias no gozadas). Se deducen de dicha liquidación lo siguientes conceptos: adicional no remunerativo, antigüedad (concepto 127), Básico (concepto 110), SAC (concepto 112), descuento antigúedad 3%) , por un total de $ 22.474,72, debido a que al momento de fallecer el agente Canevari, ya habian sido liquidados el sueldo de diciembre 2020 y el aguinaldo , y transferidos a la Cuenta Sueldos del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Que conforme las deducciones realizadas que se consignan en el párrafo precedente el monto liquido a pagar asciende a la suma de Pesos Treinta y Dos Mil Seiscientos Veintidós ($ 32.622.-) en concepto de cuarenta y un días de licencias no gozadas.-
Que a fojas 10 el Departamento Administración de Personal informa que en fecha 18 de diciembre de 2020, transfirió el monto correspondiente al Sueldo Anual Complementario y el 28 de diciembre de 2020 el monto correspondiente al haber del mes de Diciembre de 2020, al Banco de la Provincia de Buenos Aires.-
Atento a lo expuesto, la aclaración realizada a fojas 19 por el Departamento Administración de Personal y contando con la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorícese a Contaduria General a liquidar y transferir a la Cuenta Judicial en Pesos N° 567261/4, Nro. de CBU 0140437527620656726148, CUIT 30-70721665-0, correspondiente a Sara María VILLARROEL, Valeria Soledad CANEVARI y Andrea Paola CANEVARI, herederos del agente fallecido Andres Omar CANEVARI, el importe líquido de Pesos Treinta y Dos Mil Seiscientos Veintidós ($ 32.622), en concepto de haberes adeudados proporcionales (41 días de licencias no gozadas) a la fecha del fallecimiento del agente mencionado.-
ARTICULO 2º. Dejase aclarado que de la liquidación de los cuarenta y un días de licencias no gozadas que correspondia por Pesos Cincuenta y Cinco Mil Noventa y Seis con Sesenta y Siete Centavos ($ 55.096,67.-), se dedujeron la suma de Pesos Veintidós Mil Cuatrocientos Setenta y Cuatro con Setenta y Dos Centavos ($ 22.474,72.-), por los conceptos que detalla el Departamento Administración de Personal a fojas 6 del presente expediente y que corresponden a adicional no remunerativo, antigüedad (concepto 127), Básico (concepto 110), SAC (concepto 112), descuento antigüedad 3%), que no son más que los días posteriores a la fecha de fallecimiento del agente que le fueron liquidados y transferidos en demasía a la cuenta sueldos del agente.
ARTICULO 3°: Hágase saber a los herederos del agente fallecido Canevari Andrés Omar que el Sueldo anual complementario de 2020 y el sueldo del mes de diciembre de 2020 fueron transferidos a la Cuenta Sueldo del Banco de la Provincia de Buenos Aires, del agente Canevari Andres Omar, en fechas 18 de diciembre de 2020 y 28 de diciembre de 2020, respectivamente, correspondiendo un monto menor al depositado de acuerdo a los dìas en actividad del agente.
ARTICULO 4º: El gasto que demande deberá imputarse a la Partida: Fuente: 110; Jurisdicción: 1110105000; Cat. Programática: 01.01.00; Gasto: 1116, 1131, 1140, 1135, 1139, del Presupuesto de gastos vigente.-
ARTICULO 5°: Cúmplase, notifíquese, tome nota Departamento Administración del Personal. Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Tesorería Municipal, dése al R.O., y ARCHÍVESE.-
pba