Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº517

Resolución Nº 517

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 12/10/2021

Visto las presentes actuaciones referidas al Plan de Evacuación y Simulacro correspondiente al hogar para discapacitados denominado "Hogar Solar del Rosario S.A"sito en calle Cuyo y Rosario  de esta ciudad y, considerando:

Que se encuentra en vigencia la Ordenanza N° 14.219, la cual en su Artículo 1°) dispone: “Créase en el Partido de Bahía Blanca, el “Plan de Evacuación y Simulacro” para casos de incendio, explosión o advertencia de explosión o cualquier otra situación de la que surja la necesidad de desalojar las instalaciones...”;

Que además en su Artículo 2°) estipula que el Plan deberá ser de aplicación obligatoria en todos aquellos inmuebles con atención y concentración masiva de público, debiéndose adecuar el mismo a las características propias del espacio, su destino y de las personas que lo utilicen;

Que asimismo también deberá contemplarse la realización de simulacros, al menos, dos veces al año a fin de optimizar y socializar las medidas de seguridad necesarias;

Que por lo expuesto y teniendo en cuenta el informe de la Dirección General de Defensa Civil obrante a fojas 15 del expediente 0 N°3910 Año 2020, anexo al 0 N° 6833 Año 2019; el SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA, en uso de las facultades que le confiere el Decreto Municipal Nº 3492/2019, en el marco de lo normado en el Artículo 182º de la Ley Orgánica de las Municipalidades,

R E S U E L V E

ARTICULO 1º) Aprobar el Plan de Evacuación y Simulacro correspondiente al hogar para _____________ discapacitados denominado "Hogar Solar del Rosario S.A", sito en Cuyo y Rosario de esta ciudad, por el período de un (1) año a partir del día de notificación de dicho establecimiento, siempre que la estructura edilicia y sus condiciones de seguridad no sufran modificaciones.-

ARTÍCULO 2º) Hágase saber al establecimiento mencionado en el artículo precedente _____________ que, en caso de introducirse modificaciones en la estructura edilicia que provoquen que varíen las condiciones de seguridad existentes, deberá comunicar a la Dirección General de Defensa Civil dentro de los treinta (30) días de producidas las mismas.

ARTÍCULO 3º) Déjase constancia que deberá coordinarse con la Dirección General de Defensa Civil ____________ la realización por parte del establecimiento de los simulacros respectivos; debiéndose anexar a las presentes actuaciones el informe técnico correspondiente a su realización.-

ARTÍCULO 4º) Cúmplase, notifíquese al presidente del establecimiento, tome nota Departamento ____________ Habilitaciones, dése al R.O. y resérvese en la Dirección General de Defensa Civil.-