Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 399
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 13/08/2021
Visto las presentes actuaciones iniciadas por la Asociación Empleados de Comercio de Bahía Blanca, representada por su concesionaria, ACAS Consultores S.A., referidas a la autorización para la realización de carreras de automovilismo de velocidad sobre asfalto pertenecientes a las Picadas Sobre Asfalto, a desarrollarse en el Autódromo “Ezequiel Crisol” de Aldea Romana; teniendo en cuenta el informe elaborado por la Dirección de Defensa Civil y la documentación aportada al día de la fecha; el SECRETARIO DE GOBIERNO, en uso de las facultades que le confiere el Artículo N° 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º)- Autorizar a la Asociación de Empleados de Comercio de Bahía Blanca, C.U.I.T. 30-52635805-4, representada por el Sr. Director de ACAS Consultores S.A., Sr. Gustavo ALTUNA, concesionaria del autódromo propiedad de la referida asociación, a realizar las carreras de automovilismo de velocidad en asfalto pertenecientes a Picadas Sobre Asfalto, el día Domingo 5 de septiembre del corriente año, en el horario de 10:00 a 19:00, en el Autódromo “Ezequiel Crisol” de Aldea Romana, debiendo obtener posteriormente la habilitación correspondiente emanada de la Comisión Provincial de Automovilismo y Motociclismo Deportivo, organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de todos los recaudos necesarios para tal fin.-
ARTICULO 2º)- Hágase saber al organizador que se otorga la presente autorización bajo condición de la presentación ante la Dirección de Defensa Civil, del contrato con personal de Bomberos y el comprobante de la contratación del Seguro por Responsabilidad Civil al Espectador, antes de las 10 horas del día jueves 2 de septiembre del corriente año; quedando bajo la exclusiva responsabilidad de la entidad recurrente, los accidentes que pudieran ocurrir por negligencias imputables a la organización.
ARTICULO 3°) - Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Dirección de Rentas, Departamento Recaudación; y RESERVESE en la Dirección de Defensa Civil a fin de constatar el cumplimiento de lo indicado en el artículos 2º de la presente resolución.